Venta vivienda habitual y compra
Fumado i Millaruelo advocats Associats SLP
Abogado de Sant Cugat del Vallès especializado en Derecho Civil
Buenos días,
La única forma de cambiar la titularidad del inmueble es mediante compraventa o mediante donación, pero en ambos casos se genera tributación. En el primer supuesto por el concepto de transmisiones patrimoniales y en el segundo por el concepto de donaciones. En este segundo caso podría quedar bonificado el impuesto de donaciones al ser una donación de madre a hija, siendo que su destino es el de ser vivienda habitual, pero para acogerse a esta bonificación del impuesto deben reunirse ciertos requisitos y la vivienda no podría venderse antes de 5 años. Otra posibilidad sería que su madre vendiera la vivienda por ser la titular de la misma y le hiciera a usted donación del dinero obtenido por la venta para destinarlo usted a la adquisición de su vivienda habitual, si bien, en este caso, para bonificarse del impuesto de donaciones también es necesario que se reunan ciertos requisitos. Al margen de ello, la venta del inmueble genera tributación por IRPF y por el Impuesto de Plusvalía municipal, salvo que el precio de venta sea inferior al precio de compra, en cuyo caso estaría ante una situación de pérdida patrimonial que no generaría tributación por estos dos impuestos.