Preguntas y respuestas sobre Impuestos

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Preguntas y respuestas

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¿Cómo saber fechas de última actuación hacienda?

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Estimado cliente: Sí, usted puede consultar a la agencia tributaria el estado de sus actuaciones. Entiendo que si ya se han iniciado el procedimiento no ha prescrito. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

LABE Abogados
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¿Cuáles son los impuestos a pagar por la compra de un piso?

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El adquirente debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ante el Gobierno de la Rioja. Es un 7% del valor de compra aunque hay tipos reducidos en caso de cumplir determinados requisitos como se señala en la página web del Gobierno de la Rioja (rehabilitación, vivienda habitual para jóvenes y otros). Normalmente dicho trámite se suele realizar en las gestorías que trabajan con las Notarías. A partir de ese momento, usted deberá cambiar el domicilio de pago del IBI, aguas y demás impuestos correspondientes a dicho inmueble. El plazo de que dispone para el abono del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es de 30 días desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública. Otro impuesto que grava las transmisiones es lo que se conoce como Plusvalía. Dicho gravamen debe ser abonado por el vendedor. No obstante, puede pactarse en la escritura de venta que dicho impuesto sea abonado por el comprador (usted) en cuyo caso debe presentar la escritura al Ayuntamiento para su liquidación en el plazo de treinta días desde el otorgamiento de la escritura.

Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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¿Estoy obligado a declarar en la renta parte de la indemnización recibida?

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Sobre la indemnización que usted perciba por causa de despido objetivo usted no debe tributar nada en IRPF siempre que la indemnización se encuentre dentro de los límites legales. Respecto al cálculo sobre si la indemnización percibida se halla dentro de los límites legales deberá consultar a un asesor laboralista (por ejemplo el que le asesoró en el despido). Pero, en todo caso, un indicio de que dicha indemnización está dentro delos límites legales es el hecho de que no le hayan practicado ninguna retención sobre dicha indemnización (consulte a quien le asesoró en el despido para saber si le practicaron alguna retención). Si le pagaron más de lo que marca la ley, solamente debe pagar impuestos por la parte que exceda a la indemnización legal, y como se trata de una indemnización por 22 años de trabajo, el tratamiento en renta tiene reducciones por tratarse de una renta irregular.

TARINAS GRUP
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¿Prescriben las deudas con hacienda y la seguridad social?

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Las deudas con Hacienda prescriben a los 4 años, si no se hace ninguna actuación, pero si ya han iniciado la ejecución y el embargo de su nómina no pueden prescribir mientras le vayan embargando. Una posible vía de solución es acudir a la Tesorería o a Hacienda y negociar un pago fraccionado de la deuda. Saludos cordiales

Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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¿Hay alguna posibilidad de eludir exención fiscal de la indemnización?

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Estimado cliente: Sería necesaria más información para poder asesorarle, pero entiendo que puede haber fórmulas para mantener dicha exención. Nuestro despacho cuentas con magníficos expertos en materia fiscal con los que podría asesorarse.

LABE Abogados
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¿Puedo reclamar devolución del IVA pagado en la compra de local a una entidad financiera?

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Estimado cliente: Si no era primera venta podemos entender que no debería estar sujeto a IVA y por lo tanto podría reclamarlo. No obstante, para darle una respuesta concreta necesitaríamos la documentación relativa al caso.

LABE Abogados
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El reconocimiento de deuda entre particulares ¿tiene posibilidad de utilizarse en la declaración de la renta como gasto deducible?

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Estimado cliente: Dicho gasto no es deducible. Si lo desea podemos estudiar su caso con el fin de que podamos asesorarle más en detalle.

LABE Abogados
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¿Tengo que pagar impuestos si me devuelven dinero de una compra?

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buenos días, dependiendo de la cuenta de origen y destino. Si usted le dio la cantidad a título personal desde una cuenta propia, y él la recibió del mismo modo, y ahora se devuelve mediante la misma acción no tiene que existir pago alguno de impuestos por no existir desplazamiento patrimonial. Si no se realizó de la forma antes descrita lo más fácil es que hagan un contrato privado con fecha en la que facilitó el dinero a su pareja, acordando la entrega en la fecha presente sin más que reclamar- Espero haberle ayudado, si tiene cualquier duda contacte conmigo.

ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
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