Preguntas y respuestas
Retención Fiscal en cuenta de un menor
El banco está obligado a practicar retenciones por los intereses generados en una cuenta, sea la cuenta de quien sea (mayor o menor de edad)
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLETrabajo en España para una empresa holandesa
Realizada en Barcelona Declaración de la renta Fiscalidad internacional
Pata tener obligación de declarar en España se debe ser residente 183 días o más. Los ingresos del trabajo si realmente los recibe solo de Holanda y en Holanda podria estar exentos si se cumplen los requisitos del convenio para evitar la doble imposición, aunque le podrian contar para determinar el tipo de gravamen. Si desea más información no dude en contactarnos
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONADeducción por vivienda habitual
Realizada en Barcelona Declaración de la renta
Buenas tardes Señor: En la próxima declaración de la renta, usted podrá desgravar su vivienda pues las modificaciones han entrado en vigor en el 2013, por tanto todo persona que haya comprado un piso en 2012 puede desgravársela año a año. Buenas tardes
JIONOS ABOGADOSDevolución del IVA de una empresa en liquidación
Realizada en Barcelona Hacienda :: agencia tributaria
Depende de la Administración, si bien, si excede del año en que deben devolverlo, deben hacerlo con intereses
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLEDinero en B que quiero normalizar
La amnistía fiscal ya ha finalizado en nuestro país, con dudoso éxito. No debe aceptar los pagos en dinero B, ni tampoco dinero en metálico actualmente superior a 2.500 € en A debido a una reforma reciente contra el fraude fiscal, dado que al no poderlos declarar por su parte, está vd. está defraudando. Si las cantidades son bajas puede ser multado, pero para cuantías elevadas (12.000.000 €) puede incurrir en dos delitos: contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.No acepte el B, o denuncie si piensa que el dinero es de procedencia ilícita al SEPBLAC. Consulte http://www.sepblac.es/espanol/home_esp.htm.
Abogado Salamanca - JAIME LEONParte de mi domicilio está destinado a despacho profesional, puedo alquilar esa parte a mi empresa?
Realizada en Madrid Impuestos Autónomos Sociedad limitada Alquiler de local
Si Ud. factura a través de una sociedad limitada, lo lógico es que el contrato de alquiler se firme con dicha sociedad. Ahora mismo Ud. no podría repercutir la parte proporcional del alquiler a la empresa dado que el contrato no está suscrito con ésta. Lo que debe hacer es hacer el contrato con la sociedad limitada y así sí podría quitarse como gasto el alquiler. Desde luego que sí tendría IVA pero que también se podría compensar. Quedamos a su disposición para la preparación de toda la documentación. A. Cañizares Abogados
A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.¿Qué consecuencias fiscales tiene un préstamo de un familiar?
Realizada en Barcelona Provincia Préstamo bancario Impuestos
Los préstamos entre familiares tienen una fiscalidad al 0% en virtud de la Ley de Transmisiones Patrimoniales Onerosos, si bien es necesario declararlo a Hacienda; si en el préstamo interviene una Sociedad, el tipo puede alcanzar el IVA del 21%. Ahora bien, a efectos de no tener problemas con Hacienda sería necesario documentarlo, bien en documento privado, que le puede realizar cualquier abogado, bien en documento público ante Notario, en cuyo caso deberá pagar, además de los gastos notariales, el 1% del importe del préstamo por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLEInmigración por empleo para un profesional cualificado ruso
Realizada en Palma de Mallorca Fiscalidad internacional Alta en la seguridad social Bonificaciones para autónomos Contrato laboral Régimen laboral de ciudadanos extranjeros
Al tratarse de un profesional cualificado, se pueden estudiar varias vías, existen diferentes visados y permisos de residencia que se podrían solicitar, la elección de uno u otro, dependerá de las circunstancias del trabajador, el tipo de contrato o trabajo para el que se requiera, si esta persona tiene o no familia residiendo o trabajando en España. Le aconsejamos que se ponga en contacto con nosotros de forma directa y podremos ofrecerle una solución directa y efectiva en función de las necesidades que Usted tenga y de las circunstancias concretas de las que estamos hablando.
IBERLEGA ABOGADOS Y ASESORES¿Cuánto me puedo ahorrar con la declaración conjunta?
Realizada en Barcelona Declaración de la renta Impuestos
Sí es posible la declaración cojunta, siempre y cuando esteis casados en fecha 31 de diciembre de 2012. El ahorro consiste en lo siguiente, básicamente: se suman los ingresos de ambos y, por tratarse de declaración conjunta, a la suma de esos ingresos se aplica la reducción que se establezca legalmente (en el IRPF del año 2011 fue de 3.400.- €.). De este modo, si uno de los miembros de la pareja percibe ingresos por importe inferior a dicha cifra, siempre será más conveniente hacerla de forma conjunta, ya que el que percibe ingresos superiores puede reducir de su base gravable dicha suma de 3400.- €. Para cualquier otra aclaración, quedo a su entera disposición. ABOGADO JORGE ZAMORA VALLE
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE¿Declaración conjunta o individual?
Realizada en Barcelona Provincia Matrimonio Declaración de la renta
Buenas tardes: No tenemos los datos para darle una respuesta cercana a la realidad, pero le indico que normalmente suele salir más ventajoso hacerlo de forma individual. De todas formas cuando llegue el momento de la obligación tributario pongalo en manos de un abogado o gestor que le haga los números y le indique de forma clara y concreta sobre su caso. Puede contactar con nosotros en el teléfono 626.637.849 mgandradeabogados@gmail.com Un saludo Mariangeles García Andrade RESPONSABLE DPTO. JURIDICO MG ANDRADE ABOGADOS
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