Guías legales sobre Registro de parejas de hecho

Guía Legal para Parejas de Hecho en España

1. ¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho es aquella formada por dos personas que mantienen una convivencia estable y duradera, con independencia de su orientación sexual. Para ser reconocida legalmente como pareja de hecho, e...

Publicada por: Abogados de Nacionalidad en Girona IAF Abogados

Obteniendo la Tarjeta de Residencia para Vivir en España con tu Familia

Para obtener esta tarjeta, necesitas demostrar tu relación familiar con alguien de esos países. Esto podría ser tu cónyuge o pareja, hijos menores de 21 años, padres o incluso una pareja con la que tengas una relación estable pero no estén casa...

Publicada por: Abogados de Nacionalidad en Girona IAF Abogados

Tarjeta de residencia comunitaria

Si mantienes una relación sentimental con español(a) o persona de la Unión Europea y quieres obtener tu  permiso de residencia, podrás hacer lo siguiente:

1º-. Empadronarte en su domicilio (o viceversa) y casarse o inscribirse c...

Publicada por: ABOGADO ESPECIALISTA EN EXTRANJERÍA ALEX HERNÁNDEZ LIN

parejas de hecho con menores

La unión de hecho no la contempla directamente la Constitución española pero sus normas, estable el TS 1ª 17-01-03 , le pueden afectar directa o indirectamente: así, el artículo 9.2 impide su discriminación en aras a los principios de ...

Publicada por: Carlos Urraca Abogado

Pareja de hecho valenciana: ¿necesidad de inscribirla?

Esta tarde un familiar cercano, residente en Valencia, ha aprovechado que uno es Abogado para preguntar si debía o no inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de ésta comunidad. Lógicamente, como es habitual en HDH Abogados, la prudencia ...

Publicada por: HDH ABOGADOS VALENCIA

Parejas de hecho en Almería

La unión de hecho es una interesante opción a tener en cuenta para disfrutar de derechos similares a los de las parejas casadas, sin tener que unirse en matrimonio. Se trata de un trámite bastante sencillo (tanto para su constitución como para su...

Publicada por: Abogado Ana Martín