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Sí pueden, y además, como Vd. mismo apunta la conducta de los compradores es poco fiable, pues si existían de verdad esas imperfecciones debieron contactar con Vd. y pedirle que las solucionara. El...
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Está en su derecho alegar, frente a esa acusación, aportando las pruebas que tenga, en su caso, la falsedad en la que pueda incurrir la denuncia.
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Puede Vd. ir a la oficina de consumo para consultar el estado de su denuncia. De todas formas, una vez recibida la reclamación, la Administración la pone en conocimiento del establecimiento y le ot...
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Recurra esa retención alegando la indefensión que supone el desconocimiento que tiene tanto del procedimiento sancionador, como de la sanción en sí.
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No. Si está embargada Vd. lo podría hacer es acudir a la subasta y adquirirla en ese acto pujando por la mejor oferta para quedársela.
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Sí. La ley establece que si los vecinos, por los motivos que sea, se niegan o impiden la instalación de ascensores o aparatos que faciliten el acceso a las viviendas a personas con minusvalía o may...
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Debe Vd. solicitar los correspondientes permisos del Ayuntamiento y de la Comunidad de Propietarios.
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Si sale inocente sale de forma inmediata, sólo cuando lo condenen, si es que eso ocurre, ingresará en prisión.
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Si prescriben. Tras la reforma del art. 1964 del Código Civil ese plazo es de 5 años, por lo que es muy probable que si no le han reclamado de forma fehaciente esa supuesta deuda, ya esté prescrita.
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No queda claro si cuando dice que perdió el pleito se refiere a que la compraventa presentada por la inquilina fue aceptada como válida en su integridad, porque si esto es así, entonces el piso est...