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Buenas tardes
En efecto, el artículo 451.10 del Codigo civil catalan establece el suplemento de legítima si aparecen nuevos bienes. Tienen derecho todos los legitimarios por lo que el propio conde...
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Buenas tardes
Los valores que han de hacerse constar son los que figuran en la ponencia de valores que cada año publica la Generalitat, que es el valor catastral más un coeficiente dependiendo d...
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Hola buenas tardes
Para darle una respuesta sin compromiso alguno debería examinar la escritura de multipropiedad y la de renuncia para ver en qué términos se ha producido y si es conforme al títu...
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Hola, buenas noches. Se puede por supuesto. Habría que leer el título constitutivo y elevar a público la renuncia.
Si desea más información estoy a su disposición.
Saludos.
Ignacio Tomás.
Ab...
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Hola
En efecto, lo que salga en la escritura será el precio a todos los efectos fiscales que usted percibe y deberá pagar la plusvalía de acuerdo con ello, así como la diferencia en el Impuesto ...
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Depende de la fecha del juicio. A partir del juicio son entre dos semanas y un mes aunque hay mucha variabilidad en función del juzgado. Si usted se refiere desde la presentación de la demanda pued...
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Hola buenas tardes
Naturalmente pueden reclamar esa deuda a los actuales propietarios, mediante requerimiento escrito, ya que ustedes no son los responsables de esos suministros
Quedo a su di...
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Buenas tardes
Entiendo que un reconocimiento como el que usted plantea puede ser una buena opción entre ellos, pero para que quede bien protegida si el bien se vende en un futuro, debe estudiar...
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Buenas tardes
Para una resolución de un contrato de aparcería o similar existen una serie de causas tasadas y también es importante comprobar el primer contrato y sucesivas subrogaciones.
Si...
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Hola buenos días.
En efecto, para reconocer una deuda derivada de sentencia de divorcio es suficiente con la sentencia.
Si quiere que le lleve la reclamación puede contactarme del modo en ...