Cambio de contrato sin la autorización del trabajador
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
Hola,
El hecho de que le hagan indefinido es algo que le beneficia, por lo que no entiendo cuál es el problema. Si lleva más de 3 años en la empresa, salvo que el convenio colectivo amplíe ese plazo a 1 año más, legalmente el trabajador pasa a ser considerado indefinido.
Con independencia de lo anterior, le informo que estar con un contrato de obra y servicio (ajustado a la ley) comporta que en caso de finalizar la obra o servicio, finaliza la relación laboral con derecho a una indemnización de 8 días de salario por año de servicio. En cambio, si se está con contrato indefinido, en caso de despido por causas objetivas, la indemnización es de días por año de servicio, y si fuera un despido improcedente, sería de 33 días por año más días por año por el período anterior al 12/02/2012.
Por tanto, si el cambio que le proponen no implica ningún cambio de sus condiciones de trabajo, entiendo que el cambio le beneficia.
Daniel Martínez Benito
www.marbenabogados.com