¿Estan obligados a darme mi descanso semanal junto con mis vacaciones?
Buenos días,
Las vacaciones han de comenzar en el primer día hábil por lo que no pueden empezar a contabilizarse en ese sábado y domingo que mencionas, salvo que según el trabajo que realices y así venga expuesto en tu contrato tengas una jornada laboral en la que trabajes normalmente sábados y domingos.
El descanso semanal es obligatorio en los días que Vd. trabaja, por lo que en esos días de vacaciones no tienen razón de ser ni se pueden "acumular" a las vacaciones.
El período de disfrute de vacaciones es el mismo, sean contabilizadas por días hábiles (22 días al año, de "lunes a viernes") o 30 días naturales (se cuentan también sábados y domingos, pero no pueden empezar las vacaciones en sábados y domingos sino en el primer día hábil).
Un saludo
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Las vacaciones se inician el lunes 11, a efectos de su cómputo. Por lo tanto, el sábado y domingo no cuentan como periodo vacacional. El trabajo en tales días vendrá determinado por lo que disponga su contrato que, en principio, debería ser acorde al convenio colectivo que rige para el mismo.
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre