IndemnizaciÓn por despido
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Buenas tardes,
Tal y como Vd. mismo indica, aunque está exenta, si dicha indemnización pertenece al ejercicio 2014 que es el correspondiente a la campaña de la renta que acaba de iniciarse, deberá de informarla a los meros efectos de que la agencia tributaria tenga constancia de ello.
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Buenas tardes.
Efectivamente esta renta de la que habla está exenta de tributar por irpf, si bien deberá declararla a los solos efectos de dar cuenta a Hacienda del dinero que ha recibido por el despido.
Un saludo.
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Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Buenas tares, usted tendrá que dar cuenta de ese ingreso a Hacienda, pero está exento en la declaración del IRPF. Un saludo
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