Indemnización por despido improcendente
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
No debe introducirla. Una indemnización por despiso improcedente que consta mediante acto de conciliación está exenta del pago de impuestos, simpre que se encuentre dentro del límite establecido por el estatuto de los trabajadores; laparte de la indemnización que excediera de dicho límite sí que debería tributar y la empresa debería haber practicado retención. Lo normal es que la indem nización esté dentro del límite del ET (45/33 días por año trabajado en caso de improcedente o 20 días por año trabajado en despidos objetivos).
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
La indemnización por despido impeocedente no tributa ppr ningún impuesto salvo que su importe exceda del máximo legal de 33 días por año trabajado (45 días antes de la reforma laboral). Si excediera de ese límite legal, sólo tributaria el exceso, no toda la indemnización.
Por tanto, si percibió la indemnización dentro de los límites legales, no deberá ponerla en la declaración de la renta ni en el borrador.
MARBEN ABOGADOS
ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes, la indemnización por despido improcedente pagada en una conciliación laboral es neta. O sea que no debe pagar impuestos por esa cantidad.
Un saludo
Buenos días
Las indemnizaciones por despido no computan como rendimientos del trabajo, así que no debe contar en su declaración de la renta.
Atentamente,
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
No no debe incluirla.
Si necesita y no quiere liarse, podemos hacerle la declaración.