Ipc nunca pagado desde hace 14 años
Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
Abogado de Cádiz especializado en Derecho de Familia
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Mejor respuesta según autor
Buenos días: El hecho de que nunca haya subido el ipc no impide que usted pueda actualizar la pensión y reclamarle por la que correspondería con la subida.
Respecto de la pensión de su hijo mayor, entiendo que hay un acuerdo en dejar de abonarla, pero convendría que se protocolizase ese acuerdo ante notario o bien en una modificación de medidas judicial.
Si tiene claro que el nivel económico de su marido le da para poder abonar la pensión de alimentos por el segundo hijo sin problemas, le recomiendo que se ponga en manos de abogados para poder reclamarle el cumplimiento conforme a la subida que corresponda. En cualquier caso, puede reclamarle los atrasos dejados de percibir de 5 años atrás.
Si necesita mayor aclaración, estoy a su disposición, pudiendo actuar en cualquier población de la provincia de Cádiz.
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Estimada Señora, tal como le han comentado los compañeros, la reclamación de cantidades debidas e impagadas se puede realizar hasta el plazo de cinco años atrás.
Estamos de acuerdo en que cualquier acuerdo, valga la redundancia, es preferible que se lleve a cabo ante notario a judicialmente, para prever el futuro.
A su disposición en Chiclana.
Saludos cordiales.
Abogado Familia Algeciras - Ruth Del Cura Pla
Abogado de Algeciras especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, las sentencias judiciales son de obligado cumplimiento, lo que quiere decir que usted podrá reclamar en vía ejecutiva la subida del IPC (de los últimos 5 años), así como lo que su marido haya dejado de abonar por su hijo menor. Si quieren cambiar el convenio, deberían hacerlo a través de una modificación de medidas, donde quede claro cuales son las nuevas obligaciones de las partes para evitar este tipo de problemas. Recurrir al mutuo acuerdo siempre es lo mejor pues ustedes se ahorrarán tiempo y dinero.
Quedo a su disposición. Un saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe solicitar en el Juzgado y por medio de abogado, modificación de las medidas, bien de mutuo acuerdo, bien de forma contenciosa. Respecto al IPC, aún está a tiempo de reclamar las diferencias, al menos de los últimos 5 años, para lo que igualmente necesita acudir al Juzgado con abogado, por lo que lo mejor que puede hacer es dirigirse a uno de su elección para plantearle el asunto y que lo estudie y le informe en atención a las circunstancias concurrentes en su caso.
Quedamos a su disposición, un cordial saludo.
ABOGADO DIVORCIO TORRENT - GRAU & DIAGO ABOGADAS, C.B.
Abogado de Torrent especializado en Derecho de Familia
Buenos días, por supuesto, de hecho, mientras que la sentencia que establece el importe de la pensión no se modifique, puede exigirle judicialmente el importe completo mas las actualizaciones correspondientes, eso sí, solo de los últimos 5 años. Para ello debe contratar en abogado y un procurador e iniciar una demanda de ejecución por impago de alimentos.
Un saludo,