Ipc nunca pagado desde hace 14 años

Buenos dias mi exmarido nunca me ha subido el ipc , yo nunca se lo he reclamado , la pension que me daba por mis dos hijos era de 512 euros hace dos meses me la redijo a 300 porque mi hijo mayor esta trabajando con el , yo lo entendi y lo acepte ,pero le dije q ue mantuviera los 300 euros hasta que mi hijo de 20 años terminara de estudiar , el me dijo que si , pero este mes me la ha vuelto a bajar a 200 , me dice que no puede mas , cosa que es mentira porque tieen un negocio y le va bien, Puedopedir que cumpla al menos con la mitad de los 512 y aparte pedr las subidas del ipc que nunca me pago.
Un saludo

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
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Buenos días: El hecho de que nunca haya subido el ipc no impide que usted pueda actualizar la pensión y reclamarle por la que correspondería con la subida.

Respecto de la pensión de su hijo mayor, entiendo que hay un acuerdo en dejar de abonarla, pero convendría que se protocolizase ese acuerdo ante notario o bien en una modificación de medidas judicial.

Si tiene claro que el nivel económico de su marido le da para poder abonar la pensión de alimentos por el segundo hijo sin problemas, le recomiendo que se ponga en manos de abogados para poder reclamarle el cumplimiento conforme a la subida que corresponda. En cualquier caso, puede reclamarle los atrasos dejados de percibir de 5 años atrás.

Si necesita mayor aclaración, estoy a su disposición, pudiendo actuar en cualquier población de la provincia de Cádiz.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Estefanía Benítez

Estefanía Benítez

Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho de Familia

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Estimada Señora, tal como le han comentado los compañeros, la reclamación de cantidades debidas e impagadas se puede realizar hasta el plazo de cinco años atrás.
Estamos de acuerdo en que cualquier acuerdo, valga la redundancia, es preferible que se lleve a cabo ante notario a judicialmente, para prever el futuro.
A su disposición en Chiclana.
Saludos cordiales.

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Abogado Familia Algeciras - Ruth Del Cura Pla
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Buenas tardes, las sentencias judiciales son de obligado cumplimiento, lo que quiere decir que usted podrá reclamar en vía ejecutiva la subida del IPC (de los últimos 5 años), así como lo que su marido haya dejado de abonar por su hijo menor. Si quieren cambiar el convenio, deberían hacerlo a través de una modificación de medidas, donde quede claro cuales son las nuevas obligaciones de las partes para evitar este tipo de problemas. Recurrir al mutuo acuerdo siempre es lo mejor pues ustedes se ahorrarán tiempo y dinero.

Quedo a su disposición. Un saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe solicitar en el Juzgado y por medio de abogado, modificación de las medidas, bien de mutuo acuerdo, bien de forma contenciosa. Respecto al IPC, aún está a tiempo de reclamar las diferencias, al menos de los últimos 5 años, para lo que igualmente necesita acudir al Juzgado con abogado, por lo que lo mejor que puede hacer es dirigirse a uno de su elección para plantearle el asunto y que lo estudie y le informe en atención a las circunstancias concurrentes en su caso.

Quedamos a su disposición, un cordial saludo.

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ABOGADO DIVORCIO TORRENT - GRAU & DIAGO ABOGADAS, C.B.
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Buenos días, por supuesto, de hecho, mientras que la sentencia que establece el importe de la pensión no se modifique, puede exigirle judicialmente el importe completo mas las actualizaciones correspondientes, eso sí, solo de los últimos 5 años. Para ello debe contratar en abogado y un procurador e iniciar una demanda de ejecución por impago de alimentos.

Un saludo,

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