Mi hija no me deja ver a mis nietas ni quiere saber de mí

Con un abogado,hicimos,a través de la D.G.A de Zaragoza, una petición de Mediación Familiar y ella se negó.El abogado me cobró 1000 € por ir 1 vez a la Sede conmigo y por escribirle una carta,además de la que le envió la DGA.Mi hija me ha insultado desde que eran pequeñas.Una tiene 21 años y la otra,14.Estoy desesperada.Ha cortado toda relación con su familia materna y sólo se relaciona con su padre y abuelo paternos.Tengo copias de a todos los psiquiatras y sicólogos a los que la llevé desde sus 16 años porque me maltrataba.Se casó 2 veces ,1 hija de cada marido y desde 2014 está divorciada y sigue sin querer saber nada de mí.Qué más puedo hacer para,al menos,tener contacto con mis 2 nietas?

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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Buenos días
El artículo 160.2 del Código Civil lo siguiente:

” 2. No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados.

En caso de oposición, el Juez, a petición del menor, hermanos, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre hermanos, y entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores.”

Por tanto, no es posible impedir o limitar el derecho de los niños al contacto con sus abuelos, únicamente por la falta de entendimiento de éstos con sus progenitores (Sentencias del Tribunal supremo).
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:
En el caso de su nieta menor de edad (14 años), a pesar de que se regula en el Código Civil este Derecho hay que hacerlo valer solicitándolo a través de Demanda. Mediante prueba que proponga usted consistente en pericial del equipo psicosocial adscrito al juzgado tendrá que acreditar que no existe justa causa que lo impida.
Atentamente.

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Abogados MGM

Abogados MGM

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal

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Buenos días.
Lo mejor es que presente una demanda con un abogado en el que confíe y lo mejor para ello es que le dé un presupuesto cerrado antes de iniciar ningún trámite.
Respecto a su nieta mayor, al ser mayor de edad, puede intentar contactar con ella directamente si conoce algún dato de contacto.
Puede contactar conmigo para resolver sin compromiso cualquier duda que tenga.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado