Pedir la custodia compartida

Buenos días, mi esposo se divorció en el 2010. La niña tenía 2 años. En el 2011 la niña se queda con el padre una semana sí otra no. Me explico, se inició un periodo de convivencia como si tuviéramos la custodia compartida (solo de palabra). La pensión se la sigue dando puntualmente y los gastos compartidos como dice la ley. Ahora la niña tiene 6 años. Queremos la custodia compartida pero la madre no quiere, solo de palabra. ¿Es posible que si la solicita, se la otorguen? ¿Cuánto tardaría el proceso?

Gracias

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La custodia compartida es una medida excepcional en España, aunque en la legislación autonómica de Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana y Navarra se trata de la forma preferente.
Su esposo puede solicitar la custodia compartida, para lo cual el juez tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes factores: la buena o mala relación de los padres del menor, el respeto mutuo en sus relaciones personales, la edad de los menores y el número de hijos, la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con los niños y sus aptitudes personales, la disponibilidad de los padres, la cercanía de domicilio etc. Es un proceso en el que interviene el Ministerio Fiscal y se pide un informe psicosocial para determinar si la custodia compartida es lo mejor en interés del menor. Depende de la situación personal, social y económica de su esposo que se le otorgue la custodia compartida, pero puede consultar con un abogado especialista en familia que le orientará sobre los pasos a seguir y las posibilidades de éxito que puede tener, en función de sus circunstancias.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Atentamente

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Miguel Ángel Rodríguez González

Abogado de Ourense especializado en Derecho Urbanístico

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Existe un criterio legal que da preferencia a la custodia compartida a lo que hay que sumar una tendencia creciente entre los jueces a acordar este tipo de régimen de estancias.
No obstante, sólo se acuerda la custodia compartida cuando es beneficiosa para el menor o menores. Para apreciar esto se suele emitir un informe psicosocial por parte de un gabinete especializado del Juzgado. También se tienen en cuenta otros criterios: práctica anterior de las relaciones padres-menores, aptitudes de los padres; deseos del menor; número de hijos y el cumplimiento por los progenitores de sus deberes. Desconozco detalles de su caso pero el hecho de que ustedes hayan establecido un régimen de custodia compartida por mutuo acuerdo favorecería una resolución judicial en sentido favorable.
La custodia compartida se acuerda a petición de los dos o de uno de los progenitores. El juez puede adoptar la custodia compartida incluso ante la falta de acuerdo entre los progenitores pues, como he dicho antes, prevalece el interés del menor.
La duración del proceso depende del juzgado en que se tramite el asunto. Puede durar entre 2 meses y 1 año.

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Molowny y Sarriá Abogados

Molowny y Sarriá Abogados

Abogado de Vigo especializado en Derecho Concursal

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Entendemos que si puede solicitar y consideramos dado los hechos relatados que tendría posibilidades de que se modifique la custodia y se establezca compartida dado que de hecho, según ha comentado, es lo que están haciendo.

En cuanto al tiempo, depende de cada juzgado, si bien si se hiciera de mutuo acuerdo sería mucho más rápido, aunque parece difícil que la exmujer de su esposo acepte, si bien podrían "negociar" al respecto acordando con ella en vez de una posible extinción de la pensión de alimentos, que es lo que ella teme, una pensión inferior a la actual, quizás de esta forma voluntariamente ceda, no obstante, su esposo tiene derecho, si se dan las circunstancias concretas, de no abonar pensión alguna.

Estamos a su entera disposición, llevamos asuntos en Ourense.

Reciban un cordial saludo.

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Lo prioritario es que la medida que se adopte sea lo mejor para la menor. En estos momentos, la doctrina considera que lo mejor para la menor es una custodia compartida.Si, ademas, esto es lo que han venido haciendo de hecho en los ultimos años , lo que debe de hacer es solictar un cambio de custodia ante el Juzgado. Si es de mutuo acuerdo, que ya veo que es dificil , el proceso es muy rápido, pero no van a trener dificultad en conseguirla. Es logico que la madre no queira que esa custodia real se plame en papel porque veria disminuida la pensión de alimentos que viene percibiendo la menor
Debe de acudir usted a un abogado especialista en derecho de familia
www.laviadaabogados.com

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Antonio Araújo Domínguez

Antonio Araújo Domínguez

Abogado de Ourense especializado en Derecho de Familia

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Buenos días, lo más recomendable sería regularizar la situación de su hija en cuanto a guardia y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia... a través de un convenio regulador vía judicial. El proceso es sencillo y la demora dependería solamente de la carga de trabajo que tenga el Juzgado en ese momento. Le invito a ponerse en contacto conmigo en las señas del despacho para mantener una entrevista personal y darle así una respuesta más detallada, quedando a su disposición por si decidiera contratar mis servicios. Un saludo.

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AC ABOGADOS

AC ABOGADOS

Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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Podemos instanrlo de manera mutuo acuerdo el precio seria 240e y seria realmente muy rapido cuestion de 2 meses. Si no llegamos a un acuerdo podemos realizarlo de manera contenciosa, depende mucho de el juzgado que caiga. 664879833wapp www.midivorcioexpress.net

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