¿Puede mi hijo renunciar a la herencia de su padre?

Mi ex marido va a renunciar a la herencia de su padre y me comenta que la herencia pasaría a nuestro hijo y con ello las deudas que tenia, ¿eso es cierto? ¿Qué trámites hay que hacer para renunciar en nombre de mi hijo? ¿Tiene algún costo?
Muchísimas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
Al aceptar la herencia se acepta tanto el activo como el pasivo, por lo que si tiene deudas, se están aceptando éstas.
Su exmarido puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, con lo que no se haría cargo de las deudas, que se cubrirían, hasta donde alcanzase con los bienes de la propia herencia.
En el caso de que tenga que renuncia en nombre de su hijo, dicha escritura de renuncia, la tendrán que firmar los dos padres, que son los que tienen la patria potestad. La renuncia se hace mediante escritura ante Notario, y el coste es de unos 100 euros.
Si desea cualquier aclaración póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Para renunciar a la herencia en nombre de un hijo se requiere una autorización judicial: un procedimiento ante el juzgado. Necesitan de la intervención de abogado, y preferiblemente de un procurador. Si desean un presupuesto pueden ponerse en contacto con mi despacho.
Eduardo Llarena
Tel: 916139008

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
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Buenos dias, para renunciar a la herencia hay que hacer una escritura en el notario. Si pasaria a sus hijos, habria que saber si su hijo es o no menor. Si desea que se lo gestionemos, pongase en contacto con nosotros al telefono 91 7815695 o info@padrinoabogados.es. Un saludo

Noelia Padrino

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Legal Orbis- Abogados Madrid

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Si tiene alguna duda o necesita alguna aclaración, por favor, contacte con nosotros por cualquier medio, estaremos encantados de atenderle (primera consulta gratuita) y de asesorarle en todo lo que necesite. (Seis ocho cinco cuatro seis dos nueve nueve cuatro)
Un cordial saludo

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Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
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Es cierto, el heredero lo es de los derechos y las obligaciones. El tramite es notarial. Necesita prepararlo bien para examinar la cuestión fiscal y para hacer cuentas entre el valor de los bienes y las deudas y tomar decisiones.

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Buenos días. La renuncia si su hijo es menor, debe renunciar los progenitores que tengan la patria potestad y si es compartida deben firmar los dos la renuncia. Esta gestión debe hacerlo en una notaria. Un saludo.

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