¿Puedo recibir alimentos de mi padre ahora que tengo 22 años?
-
Mejor respuesta según autor
En primer lugar, necesito saber si su padre y usted viven en España.
En segundo lugar, si es así usted puede solicitar una pensión alimenticia actualmente, pero no tendrá carácter retroactivo, sólo se la conceden desde que se presenta la demanda, y prueba la necesidad de éstos, y los medios económicos de su padre, para cuantificarla.
Si su madre falleció, y estaban divorciados, no existía una sentencia?. Si existía con una pensión de alimentos, puede ejecutarla por cinco años de pensiones, ésta si es retroactiva. Si no estaban divorciados legalmente, pero sí separados de hecho, existe un delito de abandono de familia, que es más evidente incluso cuando su madre fallece, y puede reclamarle una cantidad.
Pero habría que valorar toda la documentación e información.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos que puede reclamar alimentos a su padre si se dan las circunstancias exigidas por la Ley, por lo que le recomendamos que busque un abogado que, previo el examen de dichas circunstancias, le asesore sobre los pasos que tienen que dar y, si no tiene recursos, que pida justicia gratuita en el Colegio de Abogados más próximo para que le sea designado un abogado y procurador de oficio al que no tendrá que pagar.
De las pensiones anteriores, a menos que haya una sentencia anterior que los hubiera establecido, no podrá reclamarlas; de las que le debiera abonar ahora, depende de si consigue acreditar en juicio las causas que establece la ley para su concesión. Es necesario entrar en más detalles sobre el asunto, no es algo que se conceda automáticamente; necesitaría más información.