¿Puedo recibir alimentos de mi padre ahora que tengo 22 años?

Buenas noches queridos abogados.
Soy una chica ecuatoriana de 22 años de edad, mi 'papá' nunca me ha dado un centavo y yo necesito terminar mis estudios. Viví en Italia desde mis 7 a 21 años, lamentablemente mi mamá ya no está en vida y tuve que regresar a mi país de origen y no tengo sustento de nadie. Mi pregunta es esta, yo como mayor de edad ¿puedo demandarlo de los alimentos que nunca me dio? Y si puedo hacerlo, ¿cuáles son los requisitos? ¿Qué necesito para que los jueces entiendan que necesito ayuda económica de mi 'padre'?
Muchísimas gracias por su información.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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En primer lugar, necesito saber si su padre y usted viven en España.
En segundo lugar, si es así usted puede solicitar una pensión alimenticia actualmente, pero no tendrá carácter retroactivo, sólo se la conceden desde que se presenta la demanda, y prueba la necesidad de éstos, y los medios económicos de su padre, para cuantificarla.
Si su madre falleció, y estaban divorciados, no existía una sentencia?. Si existía con una pensión de alimentos, puede ejecutarla por cinco años de pensiones, ésta si es retroactiva. Si no estaban divorciados legalmente, pero sí separados de hecho, existe un delito de abandono de familia, que es más evidente incluso cuando su madre fallece, y puede reclamarle una cantidad.
Pero habría que valorar toda la documentación e información.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos que puede reclamar alimentos a su padre si se dan las circunstancias exigidas por la Ley, por lo que le recomendamos que busque un abogado que, previo el examen de dichas circunstancias, le asesore sobre los pasos que tienen que dar y, si no tiene recursos, que pida justicia gratuita en el Colegio de Abogados más próximo para que le sea designado un abogado y procurador de oficio al que no tendrá que pagar.

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Héctor Cabieces Abogado

Héctor Cabieces Abogado

Abogado de Santander especializado en Reclamaciones de Impagados

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De las pensiones anteriores, a menos que haya una sentencia anterior que los hubiera establecido, no podrá reclamarlas; de las que le debiera abonar ahora, depende de si consigue acreditar en juicio las causas que establece la ley para su concesión. Es necesario entrar en más detalles sobre el asunto, no es algo que se conceda automáticamente; necesitaría más información.

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