¿Quién paga la reparación en una comunidad de propietarios?
ABOGADO ADMINISTRATIVO MADRID - ALFREDO ESPINOSA LOPEZ
Abogado de San Lorenzo de El Escorial especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Esta pregunta es de Comunidades de Propietarios para especialistas en Derecho de Propiedad Horizontal, y yo soy especilista en Derecho Administrativo que es aquella rama del derecho que regula la actividad de las Administraciones Públicas, territoriales, corporativas o institucionales, con los particulares o administrados.
De todas formas mi amplia experincia como Presidente de Comunidad de Propietarios, vocal de sus Juntas de Gobierno y Asesor Jurídico de las mismas me permite respoder al pregunta planteada que "no sabemos a quien corresponde abonar las obras de la comunidad de propietarios porque no nos dicen quien las ha causado: puede haber sido un copropietario; un vecino de un edificio colindante o un tercero que entró de vista o a reparar algo en el edificio.
Buenos días:
Conviene acreditar que las grietas efectivamente han sido causadas por la junta y el compresor. Para ello, le recomiendo que bien a través de su seguro o de un perito, obtenga un informe que acredite dichos extremos.
Un a vez con dicho informe en su poder, póngase en contacto con el Presidente.
Un saludo.
ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días, si los daños son causados por elementos comunes la responsabilidad de la reparación es a cargo de la comunidad y su seguro de responsabilidad civil. Debe comunicar este hecho fehacientemente al presidente .
Saludos,
Gema González Coloma.
Abogada