¿Qué régimen matrimonial tengo?

Casados en Cataluña en el año 1983. Procedencia de ambos Extremadura y Castilla . Residiendo en Cataluña desde el año 1977 hasta el año 1983.

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ABOGADO HERENCIAS AVILÉS VILLARREAL ABOGADOS
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Conforme Ley 40/1960 de 21 Julio, en vigor en el momento de las nupcias, el Artículo Séptimo nos dice que a falta de pacto previo al matrimonio -capitulaciones- el régimen económico será el Separación de Bienes.

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Si no han optado por la vecindad civil en Cataluña ante el Registro Civil ni han hecho capitulaciones matrimoniales su régimen matrimonial es el de gananciales

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Albina Florez Lorenzo

Albina Florez Lorenzo

Abogado de Gijón especializado en Derecho Civil

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Si se casaron en Cataluña, y no pactaron nada expresamente ante Notario, el régimen será el de separación de bienes.

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García Montemayor Abogados

Abogado de Oviedo especializado en Derecho Civil

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El régimen del derecho foral, ambos tienen vecindad catalana, independientemente del lugar de procedencia.
Saludos

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