Separación de los padres de una niña de 11 años.

Mi pareja y yo no estamos casados, pero vivimos juntos y tenemos una hija de 11 meses reconocida por ambos. ¿Si hubiese una ruptura que derechos tendría mi pareja sobre mi hija?. Yo no querría nada de él, ojalá se desentendiese, ¿pero a qué tendría derecho o como sería la situación?, ¿qué es lo que diría el juez?.

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RUBÉN SUTIL ALBARRÁN - ABOGADO

RUBÉN SUTIL ALBARRÁN - ABOGADO

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes:
El ejercicio de derechos y obligaciones con respecto a su hija se realizaría en un proceso de medidas paterno filiales, e incluiría la guarda y custodia, alimentos, régimen de visitas y la atribución de la vivienda familiar. La atribución de la guarda y custodia de los hijos menores a uno de los progenitores conlleva la aplicación del Art.96.1 del Código Civil;"En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden",con independencia de quien sea titular de la vivienda. Estamos a su disposición para ayudarle en la realización de los correspondientes trámites legales. rubensutil arroba gmail punto com.

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ABOGADO DIVORCIO SALAMANCA MBL ABOGADOS
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Le aconsejaría, siempre en la medida de lo posible, que para evitar la mala experiencia de tener que acudir a juicio, negociase con su pareja sobre la guardia y custodia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos, ratificándose el acuerdo judicialmente. Lo normal es que siendo tan pequeña su hija la guardia y custodia la tenga usted, y las visitas y el pago de la pensión de alimentos el padre. La patria potestad es para ambos progenitores, dado que es irrenunciable y se trata de la toma de decisiones sobre cuestiones trascendentales en la vida de la menor. Estamos a su disposición para cualquier aclaración o duda que pueda tener, siendo la primera consulta gratuita. www.mblabogados.com

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ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
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Tendría todos los derechos y obligaciones como padre. Con la edad de su hija, en circunstancias normales, es muy probable que la custodia se la dieran a Vd. con unas visitas a favor de padre e hija de unos días entre semana. Más adelante, cuando la niña tenga dos años aproximadamente, el juez acordaría en la misma sentencia que las visitas se amplíen y pasen a fines de semana alternos con pernocta y mitad de las vacaciones escolares. Mi consejo es que en el caso de que se separen, negocien un acuerdo entre Vdes. y lo presente en el juzgado. Para esto último necesitará abogado y procurador. Atte.

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NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

NIETO ESCRIBANO ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

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Hola buenos días, su pareja y padre de su hija, tiene los mismos derechos y obligaciones que usted en relación a la menor. Un juez seguramente otorgaría la patria potestad de la niña a ambos, y decidiría sobre la guarda y custodia (dándosela a la madre, al padre o de manera compartida). Dependiendo de esto último, se fija la pensión de alimentos a favor del cónyuge custodio, el régimen de visitas y determinará a quien se le atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar.
Si tiene alguna duda, póngase en contacto con nuestro despacho. La primera consulta es gratuita. nietoescribanoabogados.com.
Un saludo

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Noelia La Rosa Palomino

Noelia La Rosa Palomino

Abogado de Alcalá la Real especializado en Derecho Laboral

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Buenas tardes
Los derechos del padre sobre la hija son los relativos a guarda y costudia, regimen de visitas, pensión de alimentos.... para que todo quede acordado deberá interponer medidas paternofialiares, porque el exigirá ver a su hija, por lo tanto, para evitar problemas sobre visitas y demas cuestiones relativas a la hija, sería aconsejable iniciar estas medidas.
Mi despacho queda a su disposición para cualquier consulta y tramite
Un saludo

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Manuel Rodríguez Albarrán

Manuel Rodríguez Albarrán

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Civil

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Hola buenos dias,

Si al final optáis por la ruptura y no os ponéis de acuerdo el juez decidira sobre:

- Pension de alimentos para el menor
- Domicilio para el menor
- Patria Potestad que lo normal es que sea compartida
- Régimen de visitas, que probablemente hasta los tres años no lleven pernocta

Si necesitas más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros

Manuel Rodríguez
entramites gmail

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ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN

ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN

Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil

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El padre tendría derecho a un régimen de visitas así como a la patria potestad de la menor. En el juzgado se solicitaría régimen de visitas, patria potestad, guarda y custodia, así como pensión de alimentos para la menor entre otros. Si usted lo desea puede ponerse en contacto con el despacho, estamos a su entera disposición.

Un saludo

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Puede solicitar medidas respecto a hijo extramatrimonial, y obtener un régimen de visitas, pero también tiene la obligación de pasarle alimentos a la hija.
Es irrenunciable el derecho a ejercer la patria potestad.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Habría una obligación de pagar alimentos y una obligación de visitas, que en principio serían probablemente sin pernoctar con la pequeña, pero que luego se irían ampliando.

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