Tasas renovar dni : ¿es gasto extraordinario?

Buenos días :

Estoy divorciado desde 2008. La sentencia judicial fijó la pension de alimentos, aclarándonse en ella que dicha pension incluye los gastos del cuidado diario de los hijos, pero no así los extraordinarios como pueden ser medicos privados etc.

Mi ex mujer me pide el 50% de los gastos de hacer/renovar el DNI/Pasaporte de mis dos hijas. ¿Se consideran dichos gastos extraordinarios o estarían incluidos en la pension de alimentos?

Una de mis hijas tiene 14 años, y la otra 12. Ambas tienen DNI y pasaporte por realizer interncambios en el extranjero.
Lo comento por si la edad ayuda a definer de qué tipo de gasto se trata

Gracias de antemano

Respuestas de otros profesionales:
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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Buenos días:
Indicarle que por gastos extraordinarios de los hijos, se entienden aquellos que han de tener carácter excepcional, que sean imprevisibles, necesarios y adecuados a la capacidad económica de ambos progenitores.
En este supuesto es un gasto extraordinario.
Atentamente

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenos días;
Es característica de los gastos extraordinarios que no tengan un carácter periódico, por lo que las tasas por la renovación de DNI se considerarán en principio como gasto extraordinario que se deberá de abonar al 50% por los progenitores.
Un cordial saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Se trata de un gasto que no es periódico, ni se da con habitualidad en el tiempo, como es el caso, puede considerarse extraordinario, si bien por su escaso interés económico, no parece adecuado reclamarse judicialmente. Saludos cordiales.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto la tesis de mi compañero de Q&B advocats, por lo que dicho gasto suele considerarse extraordinario.

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común

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Se suele considerar extraordinario.

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