Tributar por cobro de indemnizacion
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
La indemnización por despido no tributa si no supera los límites legales. En este caso, si es una indemnización de 20 días por año de servicio, no los supera. Con lo cual no tributará. Otra cosa sería el finiquito o liquidación, es decir, la parte proporcional de de salarios, pagas extras, vacaciones, etc, que sí tributará de la misma forma que el salario mensual, por IRPF.
Si la extinción es muy reciente, quizás le interese asesorarse sobre si la empresa ha cumplido los requisitos legales, ya que por algún defecto formal podría reclamar un despido improcedente. También habría que ver si la extinción fue dentro del concurso o anterior a éste.
Por otro lado, no me queda claro si le han abonado ya la indemnización o si simplemente se la van a reconocer y certificar para que se la pague FOGASA. En ese caso, es muy posible que FOGASA no le cubra el total de la misma.
Si está interesado, puede contactarnos en http://www.marbenabogados.com. Estamos en el centro de Barcelona.
Abogado Extranjería Barcelona - Murcia Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes.
Necesitamos más información.
Con mucho gusto le atenderemos en una primera visita ( gratuita a nuestro despacho )
Atte.
JOSEP MURCIA i ARENAS
93 467 51 77
Salvo error, están exentos los primeros 180.000 € de la indemnización por despido.
Un saludo.
Tendrá que tributar si la indemnización excede de 180.000 €.
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
No, no habrá de tributar por la indemnización, está exenta.