Vivienda habilitada como casa vacacional.

Vivo en una comunidad de propietarios de ocho chalets, uno de los propietarios ha montado en una de estas viviendas una casa vacacional. ¿Qué responsabilidades económicas tiene con respecto a la comunidad de propietarios? ¿Se le puede exigir que su cuota sea mayor por tener un negocio?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Bancario Santander ROSA JUAREZ ABOGADOS
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Lo primero que haría seria preguntar en el Ayuntamiento si tiene licencia para un negocio de hostelería.
También hay que mirar los estatutos porque supongo que no le esté permitido.
si lo que hace es alquilarla sin mas debe de respetar lo siguiente :
"Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".
Para mayor aclaración estamos en rjuarez.abogada@gmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Familia Santander Beatriz Bermejo Villa BBM Abogados
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La responsabilidad económica del propietario vendrá marcada por la participación en los gastos comunes fijada en estatutos, y, en principio, no se podría alterar en atención al destino que se dé a la vivienda de uno de los propietarios. No obstante, para poder dar una respuesta más concreta, sería necesario revisar dichos estatutos, para lo cual quedamos a su disposición en este Despacho

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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Coincido con mis compañeros en que no se le puede exigir un aumento de la cuota por el simple hecho de que alquile el chalet. Si el argumento es que al alquilarlo se hace un uso más intensivo de las instalaciones, veo dos problemas: 1) no tiene por qué ser cierto. 2) deberían haberlo previsto en los estatutos de la comunidad. No pueden modificarlo ahora.

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SDR Abogados

SDR Abogados

Abogado de Santander especializado en Derecho Civil

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Entiendo que no se le puede exigir mayor cuota por tener un negocio o por alquilar la vivienda. Otra cosa muy distinta es si tiene los permisos necesarios para poder tener un negocio de este tipo tanto por el Ayuntamiento como por incluso la Consejería de Turismo.

Un saludo SDR Abogados Santander quedamos a su disposición en www.santanderabogados.com

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Formula legal Abogados. Santander, Cantabria.
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En principio no se le puede exigir nada. Tendría que ver los estatutos de la comunidad de propietarios.
Puede concertar cita en www.formulalegal.com. La primera consulta es gratuita.
Atentamente,
Natalia Otero Fernández
Socia-abogada

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Fincas Legal

Fincas Legal

Abogado de Camargo

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NO. Lo ÚNICO que se le puede exigir es que sus inquilinos respeten las normas de la Comunidad y reparar los daños si rompen algo.

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