¿Cuándo deben pagar la liquidación por baja voluntaria en el trabajo?
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
Si no le han pagado la liquidación que le corresponde habrá Ud. de reclamarla. Hay dos vías acumulativas. En primer lugar tendrá que presentar una papeleta de conciliación en el Servicio de Mediación y Arbitraje de su Comunidad Autónoma y en caso que la conciliación se celebre con resultado de "sin avenencia" entonces podrá presentar una demanda de reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social.
Tiene un plazo de un año desde el día de su cese en el trabajo para reclamar esta cantidad.
Efectivamente, lo normal y correcto es que le abonen el mismo día 20 su liquidación de saldo y finiquito. Si no le abonasen su finiquito siempre podrá reclamarlo en el SMAC y juzgados de los social. Cualquier duda le atendemos en Calle Orense 8, 1º Zona Nuevos Ministerios CONSULTA PRESENCIAL GRATUITA
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Estimado cliente, en el caso de que no le abonen su finiquito tendrá un año para reclamarlo, para ello deberá interponer una papeleta de conciliación en el SMAC. no es preceptiva la asistencia letrada, pero lo más conveniente es que acuda a nosotros que somos abogados especializados de cara a cobrar su dinero cuanto antes.
Si no te abonan el finiquito puedes poner una reclamacion ante el Servicio de Mediacion y Conciliacion sito en Princesa 5. De no llegar a un acuerdo o serle abonada la cantidad podra ir a la via judicial con el acta de conciliacion sin acuerdo.
Estamos a su disposicion en Mateo inurria 11. 6 A de Madrid.
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
En efecto, el finiquito deben abonárselo el mismo día que se formaliza la baja laboral. Si no se lo abonan puede presentar reclamación de cantidad en el plazo de un año ante la jurisdicción laboral.
Quedo a su disposición para cualquier consulta o asesoramiento. Jesús Villodre
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
La liquidación debe ponerse a su disposición con el finiquito.
si no se le entrega firme RECIBÍ, NO CONFORME
después deberá interponer papeleta de conciliación, aunque yo le recomiendo que acuda a un letrado experto por si el despido fuera improcedente.
saludos