Despido o baja de sueldo

Soy jefe de administración de un concesionario de coches y me comunican por carta que me rebajan el sueldo de 1450 € a 1100€ o me despiden con 9 meses de indemnización ¿es legal o puedo reclamar? Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Advocat Laboral i Fiscal Banyoles - AGENCIA MATA

Advocat Laboral i Fiscal Banyoles - AGENCIA MATA

Asesoría de Banyoles

VER PERFIL
Contestado

Hola, buenas tardes.

Es legal, pero se tendría que estudiar la documentación que le han facilitado para valorar la viabilidad de su impugnación.

Lo que a usted le han comunicado es lo que se conoce como "modificación substancial de las condiciones de trabajo" (art. 41 ET) y que exige que existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa. Estas modificaciones pueden afectar a distintas materias, una de las cuales es el sistema de remuneración y la cuantía salarial.

En su caso, se tendría que ver si existen las razones que justifiquen la adopción de esta medida, si es una modificación que sólo le afecta a usted o a más personas (para saber si se trata de una modificación de carácter individual o colectivo y ver si el procedimiento seguido es el correcto) y revisar si han cumplido todos los requisitos formales que establece la normativa vigente.

Si es una medida que sólo le afecta a usted, basta con que se lo notifiquen (a usted y a sus representantes legales) con 15 días de antelación. Por el contrario, si es una medida colectiva, hay más requisitos (periodo de consultas,...).

Frente a esta medida, el trabajador tiene 3 opciones: aceptarla, impugnarla judicialmente o optar por la rescisión del contrato (percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con esta Asesoría
Premium
DENUNCIA A TU EMPRESA

DENUNCIA A TU EMPRESA

Abogado de Madrid especializado en Despidos

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

Antes que nada habría que ver con detalle la reducción de salario que le han practicado, pero podría apuntar a una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, que, en el caso de que no se ajustara a derecho y cumpliera los requisitos exigidos, VD. podría rescindir su contrato con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio o impugnar la medida en los juzgados de lo social para que fuera declarada nula y poder volver a su situación inicial en cuanto a su salario.

Más en www.denunciaatuempresa.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
RF Abogados

RF Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

Se considera una modificación sustancial de las condiciones del contrato, por lo que usted tiene el derecho de no aceptarla, y le deberían indemnizar en ese caso.

Nuestro despacho puede calcularle la indemnización que le correspondería en el caso de no querer aceptar esta reducción salarial.

Puede ponerse en contacto con nosotros a través de los datos que aparecen en esta página y le informaremos de todo.

Quedamos a la espera de su contestación, un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

Como ya le han señalado los compañeros, en virtud de lo dispuesto en el art. 41 del ET, en su actual redacción es legal, siempre y cuando se ajusten a lo que establece la Ley, es decir, cumplir los requisitos que la misma establece para efectuar una modificación de esas características.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
Contestado

Hai que miralo ben, non é tan simple. De todos xeitos, e por norma, se reclama. Despois, xa veremos. Saúdos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado