Empresa me debe dinero

Hola, estuve trabajando durante 1 año y medio en una empresa como camarero y me fui yo de la empresa por deberme dinero. En ese tiempo no disfruté de vacaciones aunque estaban en el convenio, ni me fueron pagadas por no hacerlas. Aparte de esto no me pagaban las nóminas enteras alegando crisis en la empresa y me deben unos 7.000€ acumulados mes a mes, de los cuales solo me han pagado 3.000€ desde que me fui en Agosto de 2014. También debo decir que no he firmado nunca ninguna nómina y que no me dio ni papel de despido ni nada. Ahora ya ha dejado de devolverme dinero y no puedo ponerme en contacto con él.

Respuestas de otros profesionales:
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Jonás Navarro Caballo

Jonás Navarro Caballo

Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo

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Apreciado amigo, como bien dicen mis compañeros debe usted iniciar cuanto antes la reclamación, ya que tratándose de salarios cada mes que pasa pierde usted derecho a una parte de lo que le deben. Si se trata de una sociedad y ésta ha desaparecido, pinta bastante mal, y su única opción será tratar de conseguir algo del FOGASA. Si la empresa era un autónomo puede que tenga más posibilidades. En cualquier caso debe usted consultar con un profesional.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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PEDROS DIAZ ADVOCATS

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Abogado de Igualada especializado en Derecho Civil General

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Al darse de baja voluntaria podrá demandar por reclamación de cantidad, es decir los salarios adeudados dentro de un plazo de un año desde la fecha de su baja efectiva.
No obstante tendría que solicitar un certificado de vida laboral para saber con exactitud si realmente vd. estaba cotizando en esa empresa porque es sospechoso que no tenga vd. documento alguno.
Para mayor información no dude en contactar. Quedamos a su disposición.
Un saludo

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Debe Vd. reclamar las cantidades que le adeudan por vía judicial. Para ello tiene que, previamente, interponer una conciliación ante el correspondiente servicio de su lugar de residencia. Las reclamaciones de cantidad tienen un plazo de prescripción de un año. Por lo tanto, lo aconsejable es que se ponga en contacto con un compañero para iniciar los trámites de la reclamación.

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

QUESNAY KERNEL ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Teniendo como seguro que sí tiene su contrato firmado, ingresos de la nómina en banco y posibilidad de testigos, deberia iniciar las acciones legales que le amparan dentro del plazo de un año.
No pierda demasiado tiempo dado que, como apunta en su útima frase, podria encontrarse con una sentencia a su favor pero de imposible cumplimiento por 'desaparición' del obligado al pago.

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ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
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No lo dude, reclame estas cantidades adeudadas. Tiene un año para hacerlo, pero cuidado, no desde la extinción del contrato en agosto, ello solo afectaría a la liquidación y última nómina. La deuda de parte de las nóminas atrasadas impagadas prescribe al año del vencimiento de cada nómina.
Estamos a su disposición si requiere nuestros servicios.

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Abogados.eu.com

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Le recomendamos iniciar acciones legales contra la empresa para reclamar los salarios que le adeudan.

Quedamos a su disposición.

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