Responsabilidad civil de los policías locales
Estimado Sr./a,
Difícilmente podrá demandar usted a los agentes por una intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la propia imagen, puesto que ellos estaban cumpliendo su obligación, además a su instancia.
Si su deseo es demandar a los agentes personalmente, deberá hacerlo vía civil.
Y si su deseo es demandar al Ayuntamiento, deberá hacerlo vía reclamación patrimonial de la Administración Pública (orden jurisdiccional contencioso administrativo) si considera que el proceder de los agentes le ha causado un daño evaluable económicamente.
Atentamente
Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
Por lo que cuenta no hay una intromisión ilegítima en el honor, y por tanto toda reclamación en ese sentido iría avocada a la desestimación contra los agentes locales, dado que están legitimados a solicitarle la documentación.
Es una cuestión de consumo, por lo que debe interponer la oportuna reclamación ante La Oficina del consumidor del Ayuntamiento donde ocurrieron los hechos.
Saludos.
Buenos días.
Suscribo íntegramente lo expuesto por los compañeros.
Saludos.