Preguntas recientes sobre Deuda
Devolución cláusula suelo tras extinción de condominio. ¿Me puede demandar mi ex parte del dinero?
Podría ser que su ex se lo reclamase, pero con lo que cuenta, en mi opinión, lo perdería, ya que ella no ha pagado nada, lo ha hecho Vd.
Saludos.
Contestado por:Pregunta urgente sobre embargo de nomina
El salario mínimo interprofesional (655,20 euros) no es embargable. De los siguientes 144,80€ le pueden embargar el 30€, es decir 43,44€ al mes y c...
Contestado por:Registro de escritura publica de reconocimiento de deuda
buenas tardes,
a la vista de lo que indica en su pregunta, el reconocimiento de deuda no es una escritura de deba registrarse. Se trata de un docu...
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Salvador Valero Salón
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ABOGADO SEPARACION VALENCIA...
Prescribe una deuda con la ss
Por lo que señala, la deuda ya está siendo cobrada parcialmente a través de embargos a su cuenta. Por tanto, la deuda no prescribirá y lo que ocurr...
Contestado por:¿Deuda de autónomos, cuánto debo?
Estimado Sr:
Le comunico que primero tenemos que averiguar la cantidad de dinero pendiente , y segundo establecer las cantidades de acuerdo a un...
¿Que pasa con las deudas del incapacitado?
Buena tardes.
Perdone por la tardanza en contestar. En cuanto a su pregunta, habría que estudiar detenidamente el caso, ya que puede ser que el in...
Tengo deudas con hacienda
A lo largo de la tarde nos pondremos en contacto con Ud. atendiendo a que tenemos despacho en su localidad.
Contestado por:Buenas tardes.....tengo deuda de 28000 euros y necesito un notario para empezar ley segunda oportunidad.....que coste tendría ese notario?gracias
Le sugiero que se ponga en contacto con un notario, de su elección, para que le diga el coste real de todo.
Contestado por:¿Puede el banco de españa informar sobre una deuda que tengo en otra entidad
El banco de España lleva un registro, con su dni puede consultar si debe algo. Yo no me preocuparía porque el banco acreedor reciba ningún aviso de...
Contestado por:¿El banco me puede embargar la pensión cuando me jubile?
La cuantía por debajo del salario mínimo es inembargable. En lo que exceda se puede embargar determinado porcentaje que en su caso es del 30%. No o...
Contestado por:-
Abogado Laboral y Seguridad...
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ABOGADO Cláusula Suelo Alge...
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Abogado Herencias y Sucesio...