Preguntas y respuestas
¿Por qué debo comprobar ingresos?
Realizada en Albacete Provincia Demanda de divorcio Pensión de alimentos
No, no le van a pedir pensión de alimentos si tiene los hijos con Vd. Por el hecho de tenerlos consigo ya se supone que Vd. contribuye a su sostenimiento. Ahora bien, pueden pedir la comprobación de lo que realmente ingresa para evitar que su exmarido contribuya en la proporción que Vd. pide. La manera de averiguarlo es mediante lo que Vd. cobra por el trabajo que realiza, es decir, si es por cuenta ajena, sus nóminas y su declaración de la Renta y si es trabajadora por cuenta propia sus declaraciones de IVA y de IRPF.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López AbogadoGuardia y custodia cambio de domicilio
Realizada en Álava Provincia Custodia compartida
Dado que ya tiene la guarda y custodia en exclusiva, hay que modificar el convenio regulador, ya que va a haber un cambio sustancial en el mismo al marcharse a Sevilla, por lo que el tiempo que el padre pasa con su hija posiblemente se reduzca solo a las vacaciones. Tenga en cuenta que sigue teniendo la patria potestad de su hija, continúa siendo su padre y tiene todo el derecho a seguir viéndola y a comunicarse con ella, por lo que no se quedará de brazos cruzados. Se debería solicitar valoración psicológica tanto de la menor como de vosotros, sus progenitores, por parte del equipo psicosocial del juzgado, para arrojar luz sobre el estado emocional de la menor, sobre todo, y poder valorar jurídicamente el estado actual y el futuro bienestar de la niña.
Abogado Cláusula Suelo Vitoria Alicia Codés San Martín AlsasuaCustodia de los hijos en común y uso de la casa
Realizada en Granada Separación Divorcio Custodia compartida Pensión de alimentos
En primer lugar su marido ha querido jugar con el miedo que supone una ruptura matrimonial, respecto a lo que considero más importante como es la custodia de los niños no se la van a dar en exclusiva a él, la tendencia ahora mismo es que los jueces otorguen la custodia compartida siempre que exista cercanía de domicilios y otros requisitos. Pero como usted se ha dedicado habitualmente al cuidado directo y atención de los menores tiene muchas posibilidades de quedarse con ellos. Usted es propietaria de la vivienda al 50% al estar en régimen de gananciales por lo que tiene el mismo derecho sobre la vivienda que él. Respecto de la pensión de alimentos como desconozco cuales son los gastos de los dos menores no le puedo decir más o menos sobre qué cantidad nos movemos. Al igual de la suya debido a que tendría que saber más datos como los años que llevan casados o si ha estado trabajando esporádicamente, aparte del salario de su marido. Un cordial saludo.
Abogado divorcio Granada - Salvador & Co AbogadosDivorcio de mi pareja
Realizada en Lleida Provincia Custodia compartida Demanda de divorcio Divorcio
Si usted y su hija viven en España des de hace mas de 6 meses los tribunales españoles son competentes para su divorcio. También por el mismo motivo aplicaran ley español (código civil catalán si reside en Cataluña). No va a perder la custodia de la niña por el simple hecho de divorciarse. De hecho si ahora vive con usted lo más normal es que se continue con esta situación, aunque el traslado de la menor España debería haber sido consentido y permitido por el padre para no tener ninguna sorpresa. Somos especialistas en derecho de familia internacional y en casos como el suyo.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONACompulsar una sentencia de divorcio
Realizada en Guadalajara Provincia Demanda de divorcio Divorcio
Si es una sentencia judicial el mismo juzgado que la dictó le debe emitir un testimonio que es una copia autenticada por el secretario. Se lo puede pedir al abogado o procurador que le llevó o ir directamente al juzgado. El notario siempre puede compulsar pero no tiene mucho sentido si es una sentencia judicial y lo puede hacer Si la debe presentar en un registro oficial y ya tiene una copia autentica original normalmente el registro le compulsa una copia simple y le devuelve el original
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONATengo custodia compartida y quisiera ver como puedo hacer para quedarme yo con estas
Realizada en Leganés Custodia compartida
El abogado de oficio se pide en el Colegio que corresponde a su circunscripción judicial.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCOAtribución de vivienda en custodia compartida
Puede instar la liquidación de bienes gananciales, y que se divida dicho bien. A pesar de que no existe pronunciamiento sobre la atribución del uso, usted le cede el mismo en un documento privado, pero el hecho es que ella no hace uso de dicho usufructo, lo cual es un evidente abuso de derecho, y entiendo que da derecho a que se divida, independientemente de que incluso reconociendo que dicho usufructo existe, puede compensarselo en dinero a ella, y mi opinión es que si ella no reside en dicho domicilio, sería constitutivo de abuso de derecho por ser contrario a la buena fe. A usted la Ley le protege porque nadie está obligado a permanecer en la indivisión.
ARANZAZU ABOGADOSFalta de pago de alimentos
Realizada en Puig Impago de pension Pensión de alimentos
Buenos días, tiene dos opciones: A/ Iniciar una vía penal por abandono de familia. B/ Reclamarle la cantidad pendiente. En todo caso, podemos ayudare. Un saludo, Equipo HDH ABOGADOS
HDH ABOGADOS VALENCIADemanda impago comedor-colegio
Realizada en Madrid Provincia Demanda Pensión de alimentos
Puede hacerlo, y de hecho él lo ha asumido como tal gasto extraordinario, aunque se opondrá, y planteará un incidente de declaración de gasto extraordinario que usted puede ganar por los actos propios de él. Caso contrario, y él lo tiene que saber, usted puede instar la modificación de medidas para aumentar la pensión de alimentos en dicha cantidad.
ARANZAZU ABOGADOSMi hijo ha dejado de hablarnos y no nos deja ver a nuestro nieto de 5 años. ¿Hay alguna limitación legal si voy a a verlo a la salida del colegio o en un polideportivo?
Realizada en Madrid Régimen de visitas
Mientras esté en un lugar público, entiendo que no existe limitación alguna, y para evitar que se acerquen al niño, tendrían que interponer una denuncia y solicitar un alejamiento, pero no existen datos que avalen nada de esto. Si deciden solicitar un régimen de visitas, creo que sólo perturbarán al menor porque no existirá una relación pacífica. Intenten la mediación de alguien, puesto que de poco sirve que ustedes vean al nieto cinco minutos en un entorno hostil si los padres posteriormente muestran enfado, o tensión, ya que el menor no percibirá su presencia como algo positivo, y perpetuará el conflicto de los adultos.
ARANZAZU ABOGADOS