Preguntas y respuestas
¿Me pueden quitar a mi hijo?
Realizada en León Provincia Patria potestad
Denuncie la amenaza si le ha intimidado. Por lo demás la respuesta es no. En modo alguno el nacimiento de un nuevo hijo del que haya de hacerse cargo le supone la desatención del otro y menos hasta el punto de privarla de la guarda y custodia cuando su situación laboral es desahogada y por tanto le permite atender los nuevos gastos que se habrán de generar
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza¿Merece la pena reclamar?
Realizada en Elche/Elx Pensión de alimentos
Buenas tardes, Si en el momento de fijarse la guarda y custodia y la pensión de alimentos a favor de sus hijos, la madre custodia no trabajaba, ahora sí, siempre cuando sus ingresos no se hayan incrementado considerablemente o las necesidades de los menores no hayan cambiado, supone una alteración sustancias susceptible de modificar la cuantía de la pensión de alimentos a la que está obligado en virtud de la sentencia que tiene vigente. En consecuencia, usted podría instar una demanda incidental para modificar dicha medida de alimentos. El proceso podría salirle por unos 600 € más IVA de abogado y unos 150 € más IVA de procurador. Un cordial saludo,
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZImpago pensión compensatoria
Hola, en caso de que sea imposible llegar a un acuerdo, deberá interponer una demanda para reclamar dicha cantidad, así como el cobro de las clases extraescolares, siempre y cuando se justifique que son necesarias. Un saludo. Roberto Gonzalo Gonzalo & González abogados Gestiones Gonzalo
GONZALO & GONZALEZ ABOGADOSPadre fuera del país
Realizada en Madrid Provincia Custodia compartida
Buenos días, si estaban casados debe solicitarlo mediante una demanda de guarda y custodia; si no lo estaban debe solicitarlo mediante demanda sobre adopción de medidas paternofiliales y económicas, guarda y custodia de hijo menor, alimentos y asignación de domicilio; y si conoce su domicilio debe indicarlo a fin de su notificación y si no lo conoce indicar que se encuentra fuera de España, y solicitar que se averigüe a través del punto neutro judicial.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija VillénCasa en abandono: yo soy la única que esta pendiente de todo.
Realizada en Toledo Provincia Uso de la vivienda familiar Herencia
Como ha recibido usted esa casa en proindiviso con los demas herederos en cualquier momento cualquiera de ellos puede poner fin a esa situación y pedir que se divida o en su defecto se les pague su parte. A su vez lo que usted ha pagado de impuestos puede reclamarlo de los coherederos.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. AlmarzaPensión alimenticia. ¿Efecto retroactivo?
Realizada en Madrid Pensiones Pensión de alimentos
En principio no es retroactiva, aunque hay alguna salvedad. Según la sentencia del TS de 14 de junio 2011, cuya doctrina después vino a ser ratificada por las sentencias de 26 de octubre 2011 y 4 de diciembre 2013, se decide sobre esta cuestión: " Debe aplicarse a la reclamación de alimentos por hijos menores de edad en situaciones de crisis del matrimonio o de la pareja no casada la regla contenida en elart. 148.1 CC , de modo que, en caso de reclamación judicial, dichos alimentos deben prestarse por el progenitor deudor desde el momento de la interposición de la demanda". Ahora bien, doctrina, como decimos, tendría excepciones de carácter limitado.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López AbogadoAtraso de cuota alimentaria
Realizada en Cádiz Provincia Pensión de alimentos
Sí, puede reclamárselas. Ambas partes han de cumplir sus obligaciones con independencia de que la otra parte cumpla o no cumpla. Además, el incumplimiento del pago de dos mensualidades consecutivas es constitutivo de delito por lo que podría incluso denunciarle. Si precisa más información, estaremos encantados de atenderle en nuestro despacho.
María Puente Mingo¿Me puede quitar la tenencia de mi hija si no trabajo?
Realizada en Álava Provincia Custodia compartida
En sus primeros años el bebe debe estar atendido y su cuidado exige dedicación plena. Con ello quiero decir que lo esta haciendo bien. Ahora el calendario de visitas para el padre ha de ser sin posibilidad de pernoctar. Primero en su domicilio y mas tarde fijando horas de recogida y devolución de su bebe. Aclarado eso nadie puede quitarle a su hijo sin intervención de la autoridad pertinente generalmente un juez. En ese caso la deberán demandar y usted tiene derecho a un abogado que la defienda. Pacte con el padre el calendario de visitas y la pensión de alimentos. Y no permita que se incumpla por el padre. Es decir nada de aparecer intempestivamente a ver al bebe fuera del día acordado.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. AlmarzaMi pareja se marchó a Madrid el jueves 13 de abril sin dar explicación alguna
Realizada en Cádiz Provincia Custodia compartida Pensión de alimentos Separación
Puedes poner una demanda para que se establezca pensión de alimentos y régimen de visitas favor de tus hijos o poner denuncia por abandono del hogar .
YOLANDA SABORIDO MANZANOMi hijo esta separado de su pareja y no le deja ver a su hija de 2 años no estaban casados ¿Que puede hacer ella se niega?
Tiene que presentar demanda ante el juzgado con medidas provisionales para que el juez establezca un régimen de visitas o bien si quiere una custodia compartida. Los abuelos también pueden solicitar que se establezca un régimen de visitas para poder ver y estar con su nieta
YOLANDA SABORIDO MANZANO