Preguntas y respuestas
Un cliente no nos ha pagado una factura de junio de 2012. Aún se puede reclamar judicialmente?
Enviar un burofax siempre es buena idea. Para valorar si continuar con la reclamación judicial debería hacerse presupuesto incluyendo las tasas judiciales ya aprobadas. Si estan interesados podríamos presupuestar pero les recomiendo enviar burofax cuanto antes
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONAQue puede hacer un apoderado con un poder general mercantil?
Realizada en Badajoz Poder Administrador de una sociedad Sociedad limitada
Las facultades del apoderado deben constar en la Escritura por la que se le otorga dicho poder. Si ha perdido la confianza en el mismo, y el poder no es irrevocable (no suele serlo), le recomiendo que acuda a un Notario y otorgue ante el mismo Escritura de Revocación del Poder; asimismo, puede también encargar al Notario que éste se encargue de notificar dicha revocación al apoderado. Para cualquier otra aclaración quedo a su entera disposición
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE¿Puedo pedir la devolución del IVA de facturas que el cliente no me pagó?
Para recuperar el IVA los requisitos son: 1. Que hayan transcurrido seis meses desde el devengo del impuesto. 2. Que haya Vd. reflejado el impago mediante factura rectificativa (es como una factura de abono pero se emite solo a efectos del IVA y respecto del mismo, podrá Vd. seguir reclamando la deuda) que se refleje en sus libros de IVA (de los que aportará copia con la solicitud) 3. Que sea Vd. persona física o, si no, que la base imponible del IVA sea superior a 300€ 4. Haber reclamado la deuda judicial o notarialmente. PLAZOS: tiene que modificar la factura en un plazo de tres meses una vez transcurridos los seis meses desde el devengo del IVA. Cumplidos estos requisitos debe Vd. comunicarlo por escrito a la AEAT y ya puede deducirse la cuota de IVA.
Abogado Despidos Madrid Santiago Recuero AstrayNUDO PROPIETARIO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES EN SOCIEDAD
La condición de socio de la socedad la ostenta el nudo propietario; el usufructuario sólo es titular del contenido económico de la participación social o acción, dependiendo de la forma social. Como socio, sólo puede votar el nudo propietario y no el usufructuario, quien ha de facilitar al nudo propietario el ejercicio de sus derechos. Como titular de un derecho patrimonial, el usufructuario puede vender su derecho, pero no afecta al nudo propietario, que es el socio, pues el nuevo usufructuario sólo tendrá derecho a la percepción de los dividendos. Otra cosa es que en verdad pueda enajenar el usufructo, lo cual depende también del tipo de sociedad. Para más información, póngase en contacto con nuestro despacho: 986891821/antoniovillanueva@icapontevedra.es
Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva AbogadosInmigración por empleo para un profesional cualificado ruso
Realizada en Palma de Mallorca Fiscalidad internacional Alta en la seguridad social Bonificaciones para autónomos Contrato laboral Régimen laboral de ciudadanos extranjeros
Al tratarse de un profesional cualificado, se pueden estudiar varias vías, existen diferentes visados y permisos de residencia que se podrían solicitar, la elección de uno u otro, dependerá de las circunstancias del trabajador, el tipo de contrato o trabajo para el que se requiera, si esta persona tiene o no familia residiendo o trabajando en España. Le aconsejamos que se ponga en contacto con nosotros de forma directa y podremos ofrecerle una solución directa y efectiva en función de las necesidades que Usted tenga y de las circunstancias concretas de las que estamos hablando.
IBERLEGA ABOGADOS Y ASESORESConvocatoria de Consejo en una SA
Realizada en Madrid Provincia Sociedad anónima Consejo de administración
En los plazos que se cuentan por días se excluye el día inicial, de modo que si la convocatoria del Consejo de Administración se realiza un viernes, éste se excluye. El sábado sería el día 1, el domingo el día 2 y el lunes el último día. El Consejo de Administración habría de celebrarse el martes, pero por una cuestión de cómputo de los plazos, y no de días hábiles o inhábiles. La exclusión de los días inhábiles para el cómputo de los plazos ha de fijarse por ley y, al menos de momento, tal exclusión no existe en el ámbito del Derecho privado.
Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva AbogadosRecargo por presunto impago en la cuota de autónomos por un recibo devuelto erroneamente
Realizada en Barcelona Cuota de autónomo Autónomos
La culpa parece ser del banco, aunque el error lo va a pagar usted. Luego podría intentar reclamar por la via del procedmiento civil al banco el abono de ese recargo que le ha ocasionado, pero puede que el proceso de reclamar le salga más caro que el propio recargo. Para cualquier duda, no dude en ponerse en contacto conmigo. Un cordial saludo, Víctor H. Pascual Telf. 902 022 546 www.pedralbesabogados.com
PEDRALBES ABOGADOSConvocatoia de Consejo SA
Realizada en Madrid Consejo de administración Sociedad anónima
Estimado Cliente: Le comunico que si Vd. piensa convocar el viernes debe tener en cuenta que, dado que los estatutos describen que son necesarios tres días posteriores a la convocatoria y que el sábado es día hábil, la celebración de la Junta no podrá ser antes del miércoles siguiente, ya que los tres días comienzan a contar desde el día siguiente a la convocatoria, es decir, el sábado y terminan el martes. Por tanto, será el miércoles el primer día en el que Vd. podrá celebrar la Junta.
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.Factura impagada; recuperar IVA
Realizada en Málaga Provincia Impago de clientes Reclamación de impagado
Ante una factura impagada la Agencia Tributaria pone a nuestra disposición un procedimiento denominado "modificación de bases imponibles" (artículo 80 de la Ley de IVA). Si su volumen de operaciones en la empresa no excede de 6.010.121,04 en el año anterior, dispone del plazo de seis meses para interponer una acción judicial de reclamación de cantidad o un remitir un requerimiento notarial al deudor. Una vez efectuado una de esas dos opciones, en el plazo de tres meses deberá emitir la correspondiente factura rectificativa que deberá mandar al deudor, y posteriomente comunicarlo a hacienda y aplicar la compensación o solicitar la devolución inmediatamente después. En caso de que su volumen de operaciones supere la cifra antes indicada, el plazo en vez de ser de seis meses será de un año.
Negotia AbogadosSociedad constituida en Uruguay con socios españoles
Realizada en Murcia Provincia Deuda Pacto de socios
Entiendo que la sociedad fue constituida en Uruguay y de conformidad con las leyes Uruguayas que son las que determinaran la obligación de cada socio. Se debe saber que tipo de sociedad constituyeron y que obligaciones tienen los socios. Entiendo que la ley aplicable a estas cuestiones es la ley de Uruguay y si aquella determina que hay que contribuir se le podrá reclamar su quota. Cuestión distinta será determinar si no cumple la reclamación extrajudicial en que tribunales se le puede demandarle para hacerle cumplir. Esto es más complicado aunque hay convenio de cooperación judicial con Uruguay esta materia no esta expresamente incluida, lo que dificultaría el reconocimiento en España de una resolución de Uruguay. En una consulta más extensa se podría analizar todas las posibilidades.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA