Respondida
No se puede contestar la pregunta porque está incompleta.
Respondida
Interpretando el articulo 24.1 del Código Civil, a sensu contrario, aunque adquiera la nacionalidad española, no pierde la nacionalidad cubana.
Respondida
Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañera, Alejandra Pérez.
Respondida
A raíz de lo que se deprende de la STS de 30 de mayo de 2014, dictada por la Sección 2ª, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en relación con el artículo 7.2 de la ...
Respondida
Lo único que se me ocurre es la posibilidad de plantear nulidad de actuaciones, ya que lo que usted aduce es serio, sería conveniente que se pusiera en manos de un abogado ...
Respondida
Le sugiero que si en su Ayuntamiento existen servicios sociales, que ponga el caso en conocimiento de los servicios sociales, para que ellos actúen, en beneficio de su novio.
Respondida
Le sugiero que le comente el asunto al abogado que le llevo el divorcio, el conoce perfectamente el procedimiento. El convenio que en su día se aprobó es modificable si as...
Respondida
Le sugiero que antes dl día de la declaración, se acerque al Juzgado y hable con el Secretario u oficial que lleve el procedimiento y explíquele la situación, aportando jus...
Respondida
El infractor de tráfico es quien conduce, si usted no conducía no es el infractor, le sugiero que indique la organismo que le ha multado quien conducía el vehículo en el d...
Respondida
Sí, haga el recurso, y preséntelo por duplicado ejemplar para que le sellen la copia en el Registro de Entrada de Documentos de la Subdelegación del Gobierno de Valencia.(...