Respondida
Debe dar poderes a un abogado en España mediante el consulado Español en su país, para poder hacer las gestiones.
Respondida
Debe alegar los motivos que considere pero lo debe realizar un abogado.
Si lo hace usted debe presentar su recurso ante un registro público.
Respondida
No es muy probable, al parecer no ha sufrido lesiones ni esta amenazado.
Respondida
Si fallece uno de sus primos, la parte del fallecido ira al hermano.
A vosotros os corresponde a partes iguales el 50% del valor de la vivienda.
Respondida
Pague a cuenta lo que pueda.
Respondida
No se puede hacer nada, y podrían rescindirle el contrato.
Respondida
Debe incapacitarlo judicialmente.
Nos podemos encargar de hacerlo.
Respondida
Si se lo podemos realizar.
Un saludo.
Respondida
Se debe realizar en Italia.
Un saludo.
Respondida
Depende el Ayuntamiento.
Un saludo.