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Para poder fraccionar la SS le requerirá inicialmente un importe del 30%, no obstante piense que con dicho fraccionamiento se siguen cobrando los intereses como si no hubiese abonado, por lo que es...
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Si se lo queda otro y los despide será improcedente, dado que lo que procede es una subrogacion empresarial por el entrante.
Respondida
Si la empresa no se lo abona, deberá presentar reclamación de cantidad antes de que pase el año, de contrario le prescribirá.
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Comparto lo indicado por el compañero.
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Si, siempre que se registren y no excedan del pacto de horas complementarias suscrito.
Respondida
Si no concreta la pregunta es difícil poder responderle
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Si avisa Ud. que pasará ella a recogerlas no debería haber ningún problema.
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Los últimos 6 meses cotizados, por lo que se prestación se reduciría drásticamente.
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Siempre que la relación laboral siga, como es su caso.
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No necesariamente ha de estar en IT. No obstante seria necesario tener mas datos para darle una respuesta de la viabilidad de su reconocimiento de incapacidad permanente.