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Si. Hay una cotización específica para acceder al desempleo por cese de actividad. Si usted no ha cotizado por este concepto no tiene derecho a la prestación.
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La Lec establece que las cantidades que no superen el salario mínimo interprofesional son inembargables.
Así pues deberá recurrir la resolución que le notifiquen con el embargo,
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La Lec establece que las cantidades que no superen el SMI son inembargables.
Así pues deberá recurrir la resolución que le notifiquen con el embargo,
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El 11/11/2017, los plazos por meses o años se computan de fecha a fecha.
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Tendrá que estar a lo pactado con su abogada.
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Buenas noches.
Deberíamos saber que tipo de contrato tenia suscrito si era indefinido o por obra y servicio ¿Cómo fue el despido (causa, conciliación.....)?
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Cualquier deuda merece la pena ser cobrada.
Sí tiene un plazo para reclamar
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En cuanto tenga NIE si cumple el resto de requisitos podrá acceder a su número de seguridad social.
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Para contestarle es necesario la revisión del contrato de su insistión y las obligaciones y derechos de cada parte y en concreto en la resolución anticipada del mismo.
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Si les han notificado la multa en ella se incluirán todos los datos para su abono, plazos para recurrir etc.
La notificación por correo certificado suspende los plazos de prescripción. Así que ...