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No tendría que liquidarlos, sino subrogarlos por lo que las obligaciones con respecto a los trabajadores pasarían a ser para el nuevo propietario.
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La prescripción es a los 4 años. No obstante, si ya se lo han reclamado en distintas ocasiones podría darse el caso de que se haya interrumpido los plazos y tengan viabilidad para reclamárselo.
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No se le puede dar un asesoramiento detallado sin conocer el Convenio Colectivo aplicable.
Revíselo y en él podrá encontrar lo regulado en materia de formación de trabajadores y los derechos a p...
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Buenos días, es solo una posibilidad. El SEPE investiga este tipo de situaciones en las que un trabajador se da de baja voluntaria en un empresa y luego está muy poco tiempo en otra en la que si qu...
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Habría que ver con detalle en qué afecta exactamente ese cambio en vuestras funciones, salarios, etc para determinar si se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
En ...
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Buenas noches, le deben de subrogar el contrato y mantener la antigüedad y demás condiciones.
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Tienes un plazo de 1 año para solicitar la ejecución de la sentencia o, en este caso, el pago del acuerdo levado a cabo en el SMAC.
Acude a nosotros y te ayudaremos.
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usted tiene 30 días naturales de vacaciones al año. Ha disfrutado de 15 y le quedan 15 días por disfrutar, ¿Cuál es el problema?
Ha de saber que las vacaciones han de disfrutarse en el año natur...
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La indemnización sería de 20 dias por año, pero se podría pelear una indemnización de 45/33 dias.
Se puede evitar el pago del IRPF si la indemnización improcedente se realizara en acto de Concil...
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Buenos días,
Si te vas es una baja voluntaria y no tienen que pagarte ninguna indemnización. Tan solo te deben de pagar el salario de los días que hayas trabajado en el mes, la parte proporciona...