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Puede acceder al borrador dentro de la página de la agencia tributaria, apartado Campaña de la Renta 2014 o bien utilizar el programa PADRE mediante descarga de la plataforma de la Agencia Tributaria
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Necesitamos más datos para poder dar una respuesta. Gracias
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Para conocer la sentencia deberá contactar con su abogado y su procurador en el procedimiento de referencia. En último término podrá usted comparecer personalmente en el Juzgado para solicitar una ...
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Además de lo dicho por los compañeros, si lo estima oportuno puede presentar una denuncia por lesiones imprudentes, que según la gravedad se tramitarían probablemente por falta.
Aporte toda la doc...
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Debe acudir al Juzgado que dictó la orden y solicitar su retirada si bien es difícil que acuerden "quitar" la orden de protección sin más, especialmente a la vista de los acontecimientos más recientes
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Coincidimos con nuestros compañeros en sus respuestas.
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Compartimos la respuesta del resto de compañeros.
Un saludo.
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Siempre es mejor recoger la notificación pues así podrá ejercitar sus derechos. Si no recoge la carta le acabaran notificando por boletín y embargando sus cuentas tras el procedimiento administrati...
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Puede usted presentar un escrito en la Administración Tributaria correspondiente reclamando la devolución de lo ingresado por tratarse de cantidades procedentes de pensión y que además es dinero de...
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Coincido con todos nuestros compañeros y añadimos una vía más: Puede usted presentar una reclamación en Atención al cliente de la compañía, como seguramente será desestimada puede usted acudir a la...