Respondida
Si tiene ya un acuerdo o decisión judicial que le impone el pago, puede Vd. ejecutarlo, embargando sus bienes; en caso contrario, debe solicitar mediante abogado en el juzgado, la fijación de pensi...
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Es necesario conocer si hubo testamento, su contenido, si existe declaración de herederos, etc. para poder responder; indicarle que es posible, si no hay otros parientes legitimarios. Saludos cord...
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Efectivamente es el convenio provincial aplicable a su provincia como indica mi compañero, saludos.
Respondida
Coincido con la respuesta de mis compañeros, mejor si presenta un escrito adjuntando copia del ingreso y previamente pide en el juzgado la cuenta de consignaciones para hacerlo. Saludos.
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Solo pueden embargar su parte si tiene separación de bienes, lo que hace que no sea económicamente factible mas que la inscripción en el registro de un eventual embargo, derivado de un procedimient...
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Efectivamente, como se indica, es necesario el análisis del convenio y escritura, al ser un bien de tres, se encuentra proindiviso y por tanto nadie es propietario de una parte, sino del total, mot...
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Coincido con la Sra. Díez, pues su criterio y exposición es acorde a la situación actual de los abogados, criterios colegiales, que no son vinculantes y libertad de establecimiento de precios, con ...
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la respuesta ha de ser genérica, pues su pregunta también lo es, puede consultar a su abogado, seguramente coincidirá en que la pena va de uno a seis años, aunque dependiendo de las circunstancias,...
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Si consta debidamente la obligación, puede solicitar judicialmente su ejecución, con mas datos podrán informarle mas y mejor. Saludos.
Respondida
Puede cambiar de abogado, abonandole los honorarios devengados hasta ese momento, y designar uno libremente, con quien deberá concertar sus honorarios. Saludos cordiales.