Preguntas y respuestas sobre Multas de tráfico

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Preguntas y respuestas

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¿Puedo tener problemas para ingresar al país si dejé un vehículo abandonado?

Realizada en Murcia Provincia Multas

Última respuesta:

Como ciudadana de la Unión Europea el abandono del vehículo no será ningún problema para cruzar la frontera. Bienvenida de vuelta.

Pedro J. Márquez.
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¿Puedo recurrir una multa a 56 km/h por radar fijo en Francia?

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Estimado cliente: Si la infracción se ha cometido en Niza debe asesorarle con un abogado local de allí. Si la infracción se ha cometido en España y sobrepasa el margen de error dudo que pueda prosperar el recurso por motivos de fondo, en cambio podríamos estudiar los motivos de forma.

LABE Abogados
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¿Cómo no pagar una multa por beber en la calle?

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Estimado cliente: Su pregunta tiene como variable muchos dependes. En primer lugar debe esperar a que le llegue. Una vez le llegue estudiar si se puede impugnar por algún motivo. En caso de que no quiera pagar, la administración iniciará la vía de apremio contra usted y le embargará los bienes que le localice. Sólo prescribirá si la administración no hace ningún acto en el período de tiempo que marca la Ley.

LABE Abogados
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¿Puedo recurrir una multa porque no estaba visible la tarjeta de minusválidos?

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Estimado cliente: Tiene una posibilidad de recurrir. Debe, en primer lugar, demostrar que tiene dicha tarjeta en orden, justificar la minusvalía por la que se lo dan y demostrar que ese vehículo lo conduce usted. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.

LABE Abogados
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¿Cómo recurrir una multa por drogas?

Realizada en Málaga Provincia Multas

Última respuesta:

Ante lo que comenta y si no se le ha entregado la denuncia en el mismo momento, lo que tiene que hacer es esperar a que le llegue a su domicilio la notificación o el aviso de correos para recogerla si no está en casa. Luego podrá alegar o no en función de lo que considere a la vista de la sanción que se le pretende imponer y tendrá un plazo para ello que no se le tiene que pasar, ya que si se le pasa ya no podrá hacer nada. No obstante, si decide presentar alegaciones en su día le aconsejamos que hable siempre con un abogado para que sea un profesional quien presente el escrito.

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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¿Es conveniente alegar las multas?

Última respuesta:

Ese consejo que le dan depende del tiempo y, en su caso, dinero que quiera perder en el intento, ya que la reducción del 50 % que se le ofrece por pronto pago puede desincentivar pelear un asunto que además suele ser de muy poca cuantía. Ahora bien, cada uno decide lo que hacer con su tiempo y con su dinero.

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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¿Quién puede firmar una notificacion a mi nombre?

Realizada en Madrid Provincia Multas

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Buenos días; Puede recoger una notificación cualquier persona que se encuentre en el domicilio que tiene señalado usted a efectos de notificaciones. Mire la notificación se hizo en un domicilio distinto a efectos de poder recurrir. Un saludo.

Abogado Viveiro Minia N. Insua
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¿Corresponde la multa por aparcar en zona de minusválidos?

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Estimado cliente: Lamento informarle de que dicha conducta es sancionable.

LABE Abogados
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¿Cómo me llegan las multas si el contrato no del vehículo no está a mi nombre?

Última respuesta:

Entiendo que si, tenga en cuenta que el responsable de una infracción de tráfico es el conductor, se le han notificado las multas al anterior propietario este habrá manifestado que quien conducía era usted, al objeto de que le remitan la notificación de las multas a su dirección.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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¿Puedo pagar una multa en varias veces si no sé cuál es el monto?

Última respuesta:

Buenos días: Vamos a ver, si a usted le han puesto una multa por superar la tasa de alcoholemia llegando sólo a sanción administrativa, le habrán tenido que notificar en el acto la multa, si no, no me explico como indica que ha sido"tasa de alcoholemia" Ahora bien, si usted no la pagó en el período indicado que ponía la sanción que son cinco días, no se ha podido acoger a la reducción del 50%, y ahora le vendrá el importe total que en todo caso será el que figure en la boletín de denuncia, es decir, en la multa que le entregaron el día que se la pusieron. Para pagarla fraccionada tendrá que informarse en el Ayuntamiento que le corresponda, y ellos le indicarán si se puede fraccionar y en que períodos. Todo lo anterior, en el caso de que no le hayan también puesto multa vía judicial, dado que en este último caso no debería abonar la sanción administrativa. Atentamente, reciba cordiales saludos

Manrique de Lara Abogados
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