Preguntas y respuestas
Ayuda legal por problemas con el pago de la luz
Realizada en Alcázar de San Juan Compañía eléctrica
Nos encontramos ante un arrendamiento de vivienda, articulo 2 de la LAU, por lo que lo estipulado en el mismo es Ley entre las partes, arrendador y arrendatario. El inquilino sabía que se consumía luz, porque tomaba las lecturas, y tenía la obligación de saber, con anterioridad, si pagaba o no dicho suministro, pero no comunicó nada hasta la finalización del contrato, de haberlo comunicado, se hubiera solucionado el problema con anterioridad.Fecsa estaba obligada a emitir las facturas, pero no lo hizo, presuntamente por error o mal funcionamiento del contador, luego llegado el caso, debe dar facilidades de pago, y entiendo que el obligado al pago es el inquilino, a quien se le debe repercutir el pago.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCODevolución compra
Le notifico que según estable la normativa vigente, es posible devolver los artículos rebajados en dos casos: 1. Cuando el producto tenga una tara o defecto, en cuyo caso el comerciante está obligado a admitir la devolución. 2. Cuando el establecimiento anuncie que admite cambios y devoluciones. En este supuesto, aunque el producto no tenga ningún defecto, el vendedor está obligado a admitir los cambios y devoluciones.
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.Extravío de un paquete por la empresa de mensajería
Realizada en Sabadell Compañía de transportes Robo
Evidentemente el coste judicial de esta reclamación supera el coste del envio. Debe reclamar por burofax y insistir y en todo caso valorar costes para llegar hasta el final. Además si hay material sensible y de dificil recuperación se debería poder reclamar por la pérdida.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONALas empresas de telefonia pueden retenerte con contratos de permanencia?
Realizada en Alcorcón Estafa Compañía de teléfonos
Buenas tardes, Estoy de acuerdo con la respuesta del compañero, pero en todo caso, si UD entiende que hay irregularidades en los servicios de dicha empresa, le aconsejo que interponga una queja por escrito al departamento de atención al cliente y además ponga otra queja al instituto del consumidor. Si decide poner la queja en éste último, en la página web oficial le indican todos los pasos a seguir y rellenar el formulario. Un saludo www.johnsonabogados.com
ABOGADO ALCORCÓN Johnson Abogadosobligacion de un club de informar a los socios y los que dejan de ser socios.
Ponte en contacto con JLCA LAWYERS especializados en derecho deportivo. www.jlcalawyers.com info@jlcalawyers.com
JLCA & AS.-LawyersSanción al quitar dinero de un fondo de ahorros
Realizada en Madrid Provincia Reclamaciones de consumidores Ocu :: organización de consumidores y usuarios Depósito bancario Derecho de los consumidores y usuarios
Tiene que solicitar al banco, el folleto informativo del fondo que suscribió, que por lo que parece, se trata de un fondo garantizado. Si no le facilitan la informacion, presente una reclamación al defensor del cliente y si no responde, reclamación al Banco de España. Si fuera un fondo garantizado, si puede tener penalización si reembolsa cualquier cantidad antes del vencimiento, pero lo más importante es tener el folleto explicativo del fondo que el banco esta obligado a presentar al Banco de España cuando saca el fondo a la venta. Cualquier consulta adicional estamos a su disposición Un saludo Bachofer Abogados.
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