Preguntas y respuestas sobre Emprendedores

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Preguntas y respuestas

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¿Cuánto cobro por antigüedad?

Realizada en Vizcaya Provincia Salario

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Para responder a su pregunta es necesario saber la antigüedad en la empresa, lo que el convenio del sector establezca en cuanto salario base y complementos (y si está en vigor dicho convenio). No es posible darle una respuesta por este medio. Si desea concretar puede ponerse en contacto por este despacho.

Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Reclamo dinero que ya he pagado

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Buenas tardes, lo que debe hacer es defenderse. Para ello debería concertar cita y ver de qué manera le están reclamando. A lo mejor con una simple llamada telefónica o un burofax se soluciona. Un saludo, HDH ABOGADOS.

HDH ABOGADOS VALENCIA
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Deuda tarjeta crédito

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Buenas tardes, el embargo podrían hacerlo. Pero ejecutarlo es mas complicado porque la hipoteca está en vigor. Y el que se quede el embargo ha de pagar la hipoteca. En grandes líneas esto sería así, pero en cualquier caso, siempre considero que debes acudir a un abogado. Dados tus ingresos, te recomiendo que acudas al Colegio de Abogados correspondiente para que te asignen uno de oficio. Suerte. J.Comins. Abogado.

COMINS. Abogados y Asesores
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Alta autónomo teniendo embargos

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Claro que si, usted debe acogerse a la nueva ley de la segunda oportunidad dependiendo de su situación, y el negocio ponerlo a nombre de un S.L. Consulte y le diremos cómo hacerlo para que usted no tenga problemas somos abogados y asesores fiscales.

Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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¿Se puede cerrar un empresa con un trabajador en ERE o hay que esperar a finalizar el ERE para el cierre?

Realizada en Bilbao Cierre empresa

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Buenos tardes, Una empresa con un trabajador en ERE suspensivo o de reducción de jornada se puede cerrar. Esto no obstante para que el despido del trabajador, que si es único ha de articularse como despido objetivo, pueda ser calificado, en el caso de que se impugne, como procedente, necesariamente ha de basarse en hechos distintos a los esgrimidos para fundamentar el ERE, y que acrediten un empeoramiento de la situación que justificó en su día el ERE,así lo manifestado el TS en distintas resoluciones. De ahí que normalmente se espere, para evitar problemas, a finalizar el ERE. En todo caso, habría que analizar las circunstancias concretas de cada caso. Quedando a su entera disposición

Abogado Derecho Laboral Bilbao Raquel González Suárez
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Garantía cantidades entregadas a cuenta

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Buenas tardes. Suscribo lo que el compañero comenta: habría ejecutar la sentencia contra el promotor. De cualquier forma, entendiendo que resultaría difícil cobrar del promotor a la vista de la información que facilita, existe la posibilidad de accionar contra la entidad bancaria depositaria de las cantidades entregadas, en base a la reciente jurisprudencia del TS. No dude en contactar nos para valorar el asunto en profundidad. Por supuesto es posible distintas fórmulas de retribución de nuestros honorarios.

Abogado nuevas tecnologías Sevilla - DerechoyTics
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¿Me deben pagar indemnización por despido tras muerte de empresario?

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Usted puede solicitar la ejecución de lo acordado, pese a que el empresario haya fallecido. Si el empresario es individual, persona física, deberán responder sus herederos y si es una persona jurídica, sociedad, el hecho de la muerte del administrador o accionista no varía la situación y obligación de cumplir con lo convenido. Esperamos haberle ayudado. Si quiere que solicitemos la ejecución, puede llamarnos y solicitar presupuesto

HERNANDO & HERRERO
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Atraso pago genérico

Realizada en Sevilla Provincia Salario

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Es importante que el finiquito que reconozca que es un despido improcedente esté en su poder. De no estarlo, y por ello no tener documento que así acredite que la empresa lo reconoce, no estaríamos ante una reclamación de cantidad(cuyo plazo es de un año para reclamar judicialmente), sino ante un procedimiento judicial de despido, y en el que se puede tambien unir la reclamación de dinero, si bien el plazo es de 20 días hábiles desde el despido. En el caso de que firme el finiquito con las deficiencias que indica y no muestre su disconformidad con las mismas, no podrá reclamarlas posteriormente. Saludos.

ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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