Preguntas y respuestas
Estado dr mi expediente
Realizada en Madrid Permiso de residencia
Buenas tardes Marlen, La situación de Archivado puede ser por la falta de alguna documentación o por error en algún dato que haya incluido, por lo que la Administración ha cerrado el expediente. Lo normal es que la Administración le comunique el archivo por correo y entonces podrá recurrir en la vía administrativa aportando la documentación o alegaciones que considere oportunas. Si el recurso en via administrativa es negativo convendría que consultase a un abogado para continuar por lo contencioso-administrativo. Espero que reciba noticias pronto, un saludo.
Abogado divorcios Pozuelo de Alarcón Salzmann AbogadosMi mujer es alemana y yo español y vivimos en Alemania, ¿Tenemos que acreditar cese de convivencia para divorciarnos?
Buenas tardes. Se aplica la legislación alemana y para ello es conveniente que haga la consulta en Alemania, por prudencia de posibles cambios legislativos
Abogada de Divorcios en San Sebastián Donostia LOURDES EMPARANZAExtranjería / contibuciones
Realizada en Logroño Reclamación de impagado Derecho de extranjería Deuda
Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero, Isidro Gómez.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCOLos requisitos de reagrupacion familiar
Realizada en Murcia Provincia Reagrupación familiar
Tal y como te han informado los compañeros, entre otros requisitos, el principal requisito que te van a exigir y ver con más cautela es el económico, esto es, acreditar tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Se podrán computar los ingresos aportados por el cónyuge u otro familiar en línea directa y primer grado residente en España que conviva con el reagrupante. No serán computables los ingresos provenientes del sistema de asistencia social. Las cuantías mínimas son las siguientes: • Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM, que este año 2014 asciende a 799 euros. • Por cada miembro adicional se deberá sumar, el 50% del IPREM, es decir en este año 2014 se sumarían 266 euros. Para más información puede ponerse en contacto con nuestro despacho, un saludo.
ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZComo puedo traer a mi novio a españa
Realizada en Madrid Matrimonio con extranjero Derecho de extranjería
Buenos dias: Necesitariamos mas datos para poder asesorarla correctamente, no sabemos si son pareja de hecho o no, si tienen intencion de casarse o no, y en base a esos datos podríamos aconsejarla como tramitar. Estamos a su disposicion en nuestro despacho. Un saludo.
Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOINacionalidad y disolver pareja de hecho
Realizada en Barcelona Permiso de residencia
Su relación como pareja de hecho y el permiso de residencia que usted haya solicitado son dos cuestiones distintas. Para disolver la pareja de hecho bastaría con una comunicación fehaciente (por ejemplo un burofax). Respecto al permiso de residencia, dependerá de su situación personal, antecedentes de tramitación y qué solicitud concreta ha iniciado. No es posible contestarle con propiedad, tampoco explica usted qué juicio tiene pendiente.
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen AdvocatsOptar por nacionalidad
Realizada en Barcelona Nacionalidad española
Salvo que usted dependa económicamente de su madre, la solución es la que expone. Si dependiera de ella, puede optar por la tarjeta de familiar de la UE.
ARANZAZU ABOGADOSLa tarejta de familiar de ciudadano comunitario me permite trabajar en españa?
Realizada en Barcelona Permiso de residencia
Si su mujer trabaja o tiene de medios de vida económicos mas con otros documentos si que puede acceder a una autorización de residencia de tarjeta comunitaria. Es importante, o bien trabajar (cuenta ajena o cuenta propia) o tener acreditados unos medios de vida de 8.800 euros más un seguro médico privado (si su mujer no trabaja ni cotiza en la seguridad social española. Espero que le haya servido de ayuda Daniel Santos Abogado
SANTOS & SARDÀ ABOGADOSRelacion entre asnef y migración
Realizada en Madrid Derecho de extranjería
No tendrá ningún problema para entrar en España. Otra cosa es que exista un procedimiento judicial por deudas impagadas en ejecucion y Vd decida quedarse en España para trabajar, porque podrían embargarle parte del sueldo. Pero si va a ser un simple turista no tendrá ningún problema.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra AbogadosNie caducado en tres días
Realizada en Alcobendas Nie
Eso es una cuestión administrativa no penal
Granda y Asociados Abogados