Preguntas y respuestas
Solicitud de tarjeta comunitaria europea
Buenos días. Si no he entendido mal, Ud. lo que desea es obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE -por ser esposa de un español-, para reunirse con su marido en Bélgica y residir ambos allí. En ese caso, la solicitud deberá presentarla ante la autoridad administrativa competente belga y se tramitará según el procedimiento y normativa belga. Para más información, no dude en contactar con este Despacho -kirarompaosanchez@gmail.com-, sin compromiso alguno. Un saludo.
Abogado Extranjeria Valencia Kira Rompao SánchezDías que me pertenecen
Realizada en Girona Permiso de trabajo
Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. Art. 37 Estatuto de los Trabajadores. Quedo a su disposición, Santi Pérez
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago PerezReagrupacion familiar: quiero traer a mi madre de Ecuador, yo tengo la nacionalidad
Realizada en Alicante/Alacant Reagrupación familiar Permiso de residencia
Para tres meses de estancia no es preciso solicitar la reagrupación, aunque si la idea es que se quede aquí, será necesario tramitar el procedimiento correspondiente, siendo la documentación variable en función de las circunstancias; le informarán en la oficina de extranjeros más próxima a su domicilio, o en el despacho de un abogado especializado, ya que hay que ir viendo los requisitos y su cumplimiento y modo de justificación de los mismos, si solo van a ser tres meses, como le digo, no es necesario. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL¿En caso de ingreso al hospital la pareja de hecho tiene derecho a días en el trabajo?
Realizada en Soria Pareja de hecho Permiso de trabajo
Buenos días, El sistema de permisos, viene regulado en el Estatuto de los Trabajadores, aunque normalmente el convenio colectivo de aplicación, puede mejorar el régimen fijado en el Estatuto, así pues, siempre es conveniente mirar el Convenio Colectivo que siempre mejorará, lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Una de las mejoras que algunos convenios establecen en este campo es homologar la pareja de hecho al cónyuge, y por lo tanto incluirla dentro del supuesto del artículo 37.3 b) de Estatuto que establece un permiso retribuido de dos días en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Así pues, si su convenio no dice nada, respecto de la aplicación de este permiso a las parejas de hecho, no podrá hacer uso de él. Gracias por su consulta .
Ballesteros & Ruiz Abogados¿Es necesario acreditar cese de convivencia para separarme o divorciarme?
Realizada en Guipúzcoa Provincia Divorcio Convenio regulador de separación Matrimonio español con extranjero
Como indican mis compañeros, no es necesario acreditar falta de convivencia. un saludo.
Abogado accidentes Bilbao Tamara DiezMatrimonio de español y peruana
Realizada en Madrid Matrimonio español con extranjero Permiso de residencia
Pueden casarse en el país de origen y hacer posteriormente una reagrupación o casarse en españa por poderes y tramitar a posteriori la reagrupación , y habría otros sistemas para lo que tendríamos que tener una entrevista. Espero haberle sido de ayuda y estamos a su disposición para los trámites q usted necesita. Un saludo.
Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOIAportar documentación requerida a extranjería
Realizada en Barcelona Derecho de extranjería Permiso de residencia
Para aportar el documento puede y le recomiendo lo haga, acompañado a un escrito que presente en registro a fin de que le quede copia sellada y pueda creditar que lo realizó. Los sábados son días hábiles a efectos de cómputo, todos los escritos puede presentarlos en la oficina que se los remiten o bien mediante correo certificado dirigido a la misma, llevando sobre abierto y sellándole una copia del mismo para su constancia junto con el resguardo del certificado; lo mismo respecto de las solicitudes de prórroga. Siempre es mejor, si puede presentarlos en la oficina desde la que le dirigen la comunicación, llevando siemprr copia para ser sellada y conservarla. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITALDenegación del retorno voluntario
Realizada en Murcia Nacionalidad española Derecho de extranjería
Buenas tardes, si le han dicho que tiene la nacionalidad española será así, por tanto no podrá acogerse al retorno voluntario. Debería ver el tema lo antes posible, tendrá que obtener la documentación necesaria, ya que la que tiene no es legal. Estoy a su disposición para ayudarle en los trámites.
Abogado Divorcio Murcia Jiménez AbogadosProblemas con la autorización de regreso a territorio español
Realizada en Cerdanyola del Vallès Derecho de extranjería Permiso de residencia por estudios Permiso de trabajo
La obligación de salir de territorio español expuesta en la primera resolución, atiende a un modelo-tipo que siempre sale en las resoluciones de este tipo. Si este segundo permiso le sale bien, entonces una vez que tenga la resolución, le tienen que dar de alta en la seguridad social, y después tiene que ir a la comisaria de policia nacional a tramitar la tarjeta NIE (lo que llaman la TIE), y una vez que tenga el resguardo de que se está tramitando la fabricación de la tarjeta, entonces allí podrá pedir una autorización de regreso que no puede superar los 90 días fuera del país en este estado. Es decir, si sale favorable y cumple con lo mencionado no va a tener ningún problema en salir del país con la adecuada autorización de regreso. Gracias Daniel Santos Abogado
SANTOS & SARDÀ ABOGADOSComo le cambio el apellido a mi hija si el papa no responde
Realizada en Guadalajara Provincia Registro civil
Los apellidos de una persona no se pueden cambiar si no concurre una causa justificada, la opción más lógica es que su actual marido adopte a su hija con el previo consentimiento del padre biológico. Otra opción que se puede intentar es ver la posibilidad de cambiar el orden de los apellidos de su hija para que figure como segundo apellido el del padre. Quedo a su disposición, un cordial saludo. Concepción Núñez
Despacho Jurídico Concepción Núñez