Preguntas y respuestas sobre Divorcios

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Preguntas y respuestas

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¿Cómo obligo a que me pasen la pensión?

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Respecto a la petición de la pensión de alimentos para su hijo, en primer lugar debería acreditar que la persona a la que reclama es su padre interponiendo al correspondiente demanda, posteriormente podrá instar la demanda de peticíón de pensión. Lo mismo sucede con los abuelos, pues sino consta reconocido, tampoco se les puede legalmente exigir. En caso que lo considere, puede ponerse en contacto con nuestro despacho a través del correo electrónico y le asesoraremos.

Abogado Derecho Animal Tarragona Tutusaus Advocats
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Pensión de alimentos a hijo independiente económicamente

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En relación con la cuestión planteada, supongo que la pensión es por alimentos y que vendrá impuesta por un convenio regulador aprobado judicialmente o por sentencia. Para un mejor asesoramiento, se debería conocer en qué términos y bajo qué circunstancias se estableció la pensión. Para dejar de pagar una pensión por alimentos o solicitar su reducción, se debe solicitar ante el juzgado correspondiente la modificación del convenio o medidas adoptadas judicialmente por haber variado las causas que las motivaron. El hecho de que tenga ingresos propios el hijo de 16 años que no tenía al momento de establecer las medidas -- habría qué valorar ingresos, la periodicidad de éstos, ...-- podría justificar la modificación.

ABOGADO CUENCA JESÚS TORRECILLA ORTI
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Pensión compensatoria en pareja de hecho

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Por los datos que proporciona, no tendría que pasarle a su ex pareja una pensión compensatoria. Otra cosa sería la pensión de alimentos en favor de sus hijos, la cual si debería abonar. Un saludo.

Abogado Accidentes Tenerife JARC Abogados Tenerife
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Impago de pensión de alimentos

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Buenas tardes. Deberíamos mirar su convenio regulador para ver si interesa poner un procedimiento de modificación de medidas o pedir la ejecución de la sentencia. En los temas matrimoniales y familiares es muy difícil hacer un diagnóstico jurídico acertado sin ver al cliente y estudiar su caso concreto. Contacte con nosotros, le asesoraremos convenientemente. Un saludo, ROSA NIETO, Abogado, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Madre no me deja a mi hijo

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Estamos de acuerdo con los compañeros que ya han contestado antes.

Abogados.eu.com
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Custodia en exclusiva: pareja de hecho

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Le recomendamos que intente llegar a un acuerdo con su pareja. Si no es posible, debería interponer una demanda en los Juzgados para que se decida con quien deben estar sus hijos, y el régimen de visitas del progenitor no custodio. Un saludo.

Abogados.eu.com
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Regulación paterno-filial, pensión de alimentos, y régimen de visitas.

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El art. 94 del CC establece que el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores gozará del derecho a visitarlos. Los padres pueden pactar el régimen de vistas que consideren, pero a falta de acuerdo,se establece un régimen de visitas mínimo a favor del cónyuge no custodio, el cual viene a ser: Fines de semana alternos desde el viernes a las 20 hs hasta el domingo a las 20 hs. Navidad: se dividirán en dos períodos iguales. Semana Santa: se dividirán en dos períodos, correspondiendo la primera mitad en los años pares a la madre y la segunda mitad en los impares, y a la madre la primera mitad en los años pares y la segunda mitad en los años impares.Vacaciones estivales: se repartirán por mitad entre los cónyuges. Estoy a su disposición para cualquier cosa que necesite.

Aranda Abogados
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Uso y disfrute otorgado a mi madre

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Hola: Se trata de viviendas diferentes entiendo? La que tiene con su pareja y la familiar? Creo que se refiere a que tienen una finca familiar cuya propiedad se ha vendido mientras que el derecho de usufructo es de su madre. Si es asi, efectivamente, usted no tiene derecho sobre esa finca. Tal vez no sea esa la respuesta que busca. Por favor contacte con nosotros a través de nuestra web www.loronogonzalez.com, dónde figura nuestros teléfonos, o rellene el formulario y le daremos cita o facilítenos un teléfono de contacto y le llamaremos lo antes posible. Un saludo cordial.

LOROÑO ABOGADOS
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