Preguntas y respuestas
Nombrar marcas registradas en mi web
Realizada en Madrid Provincia Protección de datos Propiedad intelectual
La cuestión es si la utilización del término o logo lo hace violentando la propiedad industrial, o como mera información. Esto no siemrpe es absoluto. Es posible dar información (Experto en redes para Windows NT) -valga el ejemplo incluso si la nomenclatura es incorrecta- o similar. Siempre debe indicar la (R) en un circulito con lo que se expresa que es una marca ajena registrada. Si el modo como se expone da una apariencia o impresión que vincule con la titular de la marca, ésta puede reclamar. Si se deja diáfano que es una relación independiente, no hay problema en general. En cuanto a logos de empresas, donde se hizo instalación, "suele" no pasar nada, pero lo propio es pedir autorización. Consulta concreta en info@abanda.net
ABANDA INTERNATIONAL CONSULTANTS S.L.consulta sobre unas fotos sin permiso
Se ha producido una intromisión ilegítima a tu derecho a la intimidad personal y A tu derecho a la propia imagen que da lugar a responsabilidad civil. También puede haber responsabilidad personal derivada del hecho de haber enviado una imagen tuya desde tu móvil a una tercera pesona a través de whatsApp.
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary AbogadosLegalidad en internet
Realizada en Cuenca Derecho de la competencia Internet Competencia desleal
Buenos días, Desde mi punto de vista la acción descrita no sería conforme a Derecho, pero habría que ver con detalle su caso para analizarlo correctamente ya que dependerá del tipo de palabra clave utilizada (si genera confusión, si es muy similar a la suya, si es un nombre genérico, etc). Es decir, no hay una respusta 100% por segura si no que depende de muchos factores que habría que analizar. Quedamos a su disposición en la página web de eagabogados o a través del formulario de información de lexdir de nuestro perfil. Un cordial saludo EAG Abogados
ESTEFANÍA ÁLVAREZ GONZÁLEZ (EAG_Abogados)Es verdad que whatsapp vulnera nuestra privacidad?
Buenos días, El problema que se planteaba entorno a whatsapp era que los usuarios, al aceptar las condiciones, daban acceso a la agenda de contactos. ¿Y cuál era el problema? Pues que se accedia a todos los contactos y no sólo a los datos de otros usuarios de whatsaap. La diferencia es importante: los usuarios de whatsapp si autorizan ese tratamiento de datos, pero el resto de contactos NO. Un saludo
ESTEFANÍA ÁLVAREZ GONZÁLEZ (EAG_Abogados)Acoso en un foro
Realizada en Valencia Provincia Nuevas tecnologías Internet Derecho al honor Redes sociales (intimidad y propia imagen)
Debe denunciarlo en la comisaria cerca de su casa con esas pruebas que tiene para que la policia lo ponga en conocimiento del juez. LOLA TORMO-abogados-VALENCIA
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola TormoAcoso en un foro en internet: puedo denunciar?
Realizada en Torrent Nuevas tecnologías Derecho al honor Derecho a la intimidad Derecho a la propia imagen Internet
Debe ir a la policia a denunciar ellos le diran como puede aportar las pruebas necesarias. LOLA TORMO-abogados-VALENCIA
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola TormoDerecho de imagen
Posibilidad existe, aunque de incierto resultado.Si el uso que se hizo (uso comercial externo) se corresponde o no con el consentimiento dado (uso interno) es un problema de prueba y el hecho de que no se denunciara por su parte (pese a conocerse tal uso) en dicha fecha debilita la reclamación. Si en la web de la empresa aparece el ejemplar de la revista,lo que se les podría solicitar/exigir (o negociar una contraprestación por mantenerla) es que eliminen/"sombreen" dicha imagen.Incluso mediante la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal algo se podría hacer.Por otro lado, si la imagen hubiera sido usada una vez acabada la relación laboral, las posibilidades de éxito se incrementarían. Conclusión (a falta de más información): sí existe la posibilidad, aunque bien fundamentada.
CUBELAWShan usado una foto mia de mi boda (realizada por fotografo profesional) sin mi autorización
Realizada en Madrid Redes sociales (intimidad y propia imagen) Protección de datos Derecho a la propia imagen
Hola buenos días! Es importante saber como se hizo la cesión de las fotografías, si acepto alguna condición. Si efectivamente se puede probar que no hubo consentimiento, se estaría vulnerando el derecho al honor, intimidad y propia imagen, lo que daría derecho a una indennización y una cesación del uso de las fotografías. Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto. Un saludo
ROSABOGADOSimagenes de mi hijo
Realizada en Madrid Denuncia Redes sociales (intimidad y propia imagen)
Buenos días. La Ley, por regla general, prohibe la publicidad en internet de fotografías de menores de edad. cabría la posibilidad que g¡fuera necesario el consentimiento expreso de los dos progenitores para la publicidad de las mismas. Vd, puede demandar a su exmarido por la decisión unilateral de la publicidad de dichas fotos y la ausencia de su consentimiento. Estamos a su disposicón para cualquier consulta que desee formularnos en silvialq@icam.es. reciba un cordial saludo.
Silvia López Quiviraderechos de imagen
Realizada en Barcelona Provincia Derecho a la propia imagen Redes sociales (intimidad y propia imagen) Internet Protección de datos
Depende de cuál sea su participación en la fotografía. La Ley Orgánica 1/1982 dispone que no será una intromisión ilegítima al derecho a la propia imagen cuando su imagen aparezca como meramente accesoria. Esto quiere decir que si usted visitaba la exposición y la persona hizo una captura de un expositor que usted también estaba viendo, entonces no hay intromisión ilegítima. Si lo que capturó fue expresamente su imagen y en la fotografía aparece usted como figurante principal, sí hay intromisión ilegítima. Si usted era un participante del evento, y en la página web se da noticia del mismo, no hay intromisión ilegítima, salvo que el uso sea comercial o publicitario. En resumidas cuentas, sería necesario visualizar la foto y el contexto. Antonio Villanueva Abogados.
Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva Abogados