Preguntas y respuestas
Retirar apellidos y devolución de pensión por prueba de paternidad negativa.
Realizada en Badajoz Provincia Patria potestad Convenio regulador de divorcio Divorcio Pensiones Pensión de alimentos
¿Cómo se ha hecho la prueba de paternidad?. Es necesario conocer ese dato. Si no ha sido en juicio, deberá impugnarse la filiación del menor, lo que conllevara el cambio de apellidos. Deberá luego solicitarse la extinción de la pensión alimenticia. Entiendo que no procede reclamación de las cantidades ya abonadas. En cuanto a los daños y perjuicios a la ex esposa, es difícil que prospere este tipo de acción, pero cabría la posibilidad siempre que se acreditarán cumplidamente y se demostrará que la esposa conocía la filiación biológica del menor y a, pesar de ello, procediera a su inscripción como hijo matrimonial.
María José López OrdialesDevolución del pago de honorarios a un abogado.
Realizada en Córdoba Divorcio Juicio Abogados Honorarios
Si interpuso la demanda de divorcio y se dictó sentencia no puede reclamarle nada. Si no llegó a interponer la demanda de divorcio tendrá que devolverle prácticamente todo lo entregado y solo podrá cobrarle por las gestiones, entrevistas y el trabajo que efectivamente haya realizado. Si interpuso la demanda pero aún no se ha celebrado la vista de juicio podrá cobrarle aproximadamente el 50% del coste total del procedimiento. Si quiere una información más detallada puede contactar conmigo visitando mi perfil, donde están mis datos de contacto. Un saludo.
ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS¿Cómo puedo poner a mi marido como tutor legal de mis hijos si el no es el padre biológico?
Realizada en Córdoba Patria potestad
Mientras Vd. viva o viva el padre biológico no podrá hacerlo. Si el padre biológico no vive Vd. puede nombrar como tutor a su actual pareja, pero solo lo sería para cuando Vd. falleciese, y eso siempre que en ese momento sus hijos sean menores de edad. Si el padre biológico no vive también es posible la adopción por parte de su pareja. Un saludo.
ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS¿Qué hacer en caso de impago de la pensión?
Realizada en Madrid Impago de pension Pensión de alimentos Convenio regulador de divorcio Impago Pensiones
Estimada Señora: El hecho de que los niños estén de vacaciones con su padre, no exime a éste del pago de la pensión correspondiente. En ese caso, Vd. está en pleno derecho de interponer una demanda judicial por impago de la pensión de alimentos. Nosotros estaríamos encantados de asesorarla adecuadamente sobre el particular. Reciba nuestro saludo más cordial. Constanza Suárez Lemus
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.Responsabilidad familiar de un padre que reside en alemania
Realizada en Palma de Mallorca Pensión de alimentos Pensiones
Buenas tardes Para que se haga cargo, debe reconocer al hijo y darle sus apellidos. Si fuera así, podría iniciar un expediente judicial de guarda y custodia en el cual se le fijaría una pensión de alimentos al padre. En caso contrario, deberá iniciar un proceso de filiación paternidad para que un Juez diga que él es el padre y tenga las obligaciones del padre.
Abogado en Palma de Mallorca Miguel Angel Villalonga VCA AbogadosAdopción de mi hija por mi pareja.
Realizada en Palma de Mallorca Patria potestad Adopción Adopción internacional
Buenas tardes, Si es madre soltera es bastante sencillo, pues no requiere el difícil trámite de renuncia del padre. El tema de los apellidos tampoco es problema, pues la ley española permite poner el apellido de la madre primero. Sobre el trámite en primer lugar, los interesados deben presentar una solicitud ante el correspondiente Servicio de Protección de Menores de su Comunidad Autónoma. Si la pareja se considera idónea, se pasará al Juez, quién si se procede o no a la adopcion
Abogado en Palma de Mallorca Miguel Angel Villalonga VCA AbogadosReconocimiento hijo de padres no casados.
Realizada en Madrid Patria potestad
Buenas tardes Usted no está obligado a darle el apellido a su hijo, ni a registrarlo como su hijo cuando el nazca sin embargo, cualquiera de los padres pueden demandar para exigir la paternidad, lo que incluye obligaciones y derechos, no solo los suyos como padre sino también los que la ley indica que tiene un niño. Podemos asesorarlo para que esté usted preparado en todo momento de lo que debe hacer, puede ponerse en contacto con el despacho de Madrid, donde lo atenderá al abogada, Constanza Suárez
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.Hijo apátrida y padre desaparecido.
Realizada en Barcelona Extranjero Patria potestad Nacionalidad Nacionalidad española Orden de alejamiento
Buenas tardes Usted debe iniciar un proceso de privación de patria potestad, para que quede usted a cargo de su hijo sola y así poder hacerle los documentos. Podemos asesorarla, tanto en el tema de extranjería como en el tema civil, toda vez que un niño no puede ser apátrida, por leyes humanitarias y usted tiene que tener la patria potestad de su hijo para que pueda hacerle la documentación y que su hijo esté solo a su cargo. Puede ponerse en contacto con la oficina de Barcelona, donde le atenderá la abogada Victoria Suárez Un saludo,
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.¿Qué debo hacer para solicitar un cambio de régimen de visitas por cambio de domicilio?
Realizada en Tortosa Abogados Convenio regulador de divorcio Régimen de visitas
Si usted tiene la guarda y custodia de su hijo y no se prevé en la Sentencia nada respecto al cambio de domicilio de los progenitores, puede trasladar a su hijo con usted donde actualmente tenga su domicilio. Si a causa de ello no puede cumplirse el régimen de visitas previsto en la Sentencia, será el padre quien deba solicitar un cambio del régimen de visitas por haberse producido un cambio sustancial en las ciurcunstancias. Por otra parte nada obsta a que el padre pueda pedir cambios en la guarda y custodia del menor, pero el Juez basaría su decisión, llegado el caso, en el interés superior del menor, nunca en el interés de los padres, y valoraría, por supuesto, si a éste le beneficia o no un cambio de residencia. Siempre y en todos los casos es acionsejable llegar a acuerdos, ya que nadie mejor que ustedes conoce su situación y lo que conviene a su hijo.
CINTA RAMS ALBUISECHProblemas familiares: intromisión de los abuelos
Realizada en Toledo Provincia Divorcio
Buenas tardes: compartimos la opinión del compañero, en el sentido de que más que una cuestión puramente jurídica, lo que se plantea es un problema relacionado con la convivencia entre padres y abuelos y los problemas diarios que ello les ocasiona. Lo mejor es hablarlo y tratar de llegar a un entendimiento, debiendo los abuelos saber que la educación de los hijos es obligación de sus padres y que nadie debe meterse en la forma y modo en que han elegido llevarlo a cabo. Tal vez la mejor solución sea que hagan su vida de un modo independiente, sin que el niño pierda el contacto con sus abuelos, yendo a visitarlos y permitiendo que éstos lo sigan viendo. Si esto no fuese posible, tal vez la mediación familiar y la ayuda de un mediador experto pueda ayudarles a solucionar sus diferencias. Esperamos que se solucione su problema. Atentamente
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS