Preguntas y respuestas
Reducción indemnización
Realizada en Barcelona Declaración de la renta Impuestos
Para responder a su pregunta sería preciso conocer el porqué se le abonan estos conceptos (conociendo el convenio que le es aplicable, o si es por una mejora contractual, etc.) por cuanto ello nos permitirá concretar si dichos importes se consideran en sí mismos indemnización a los efectos de exención, rendimientos irregulares a los efectos de reducción, o simples rendimientos del trabajo sin reducción alguna. En su caso, contacte con este despacho para que podamos resolver su duda.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLEPago de impuestos y renta de pareja de hecho.
Realizada en San Pedro del Pinatar Pareja de hecho Registro de parejas de hecho Declaración de la renta Impuestos Hacienda :: agencia tributaria Prestación por desempleo Incapacidad laboral
Buenos días, no es tan sencillo, dependerá de si tenéis trabajo, si estáis obligados a presentar o no la declaración. Como vés y con los datos que tenemos no se puede dar una respuesta sin equivocarse. En nuestro despacho te podremos atender con más profundidad y teniendo conocimiento del detalle preciso. Un saludo Rufino Jiménez Gómez, rufinojg@icamur.org.
Abogado Divorcio Murcia Jiménez AbogadosDuda sobre mi resolución de la beca del mec.
Realizada en Murcia Provincia Becas Contrato laboral Declaración de la renta
BUenos dias, siento la tardanza, puedes presentar un escrito aduciendo que durante el 2012 no trabajastes que convives con tu hermana y que sobrevivis con sus ingresos, supongo que ella habra puesto en la unidad familiar que estais los dos. Tambien puedees adjuntar que estas en paro o pedir un certificado en la agencia tribuatira que acreite que durante ese año no tenias ingresos. A mi parecer creo que no te debes preocupar, si la beca suelen darla a gente que tiene menos recuros, acerdita que no trabajas, que estas en paro y que dependes de tu hermana, quizas debas presentar su declaracion de la renta como prueba para ademostrrar que vivis de sus ingresos. No creo que exista motivo de desestimacion. Supongo que deberas presntar un recurso. Presentalo y acredita que no tienes ingresos. La finalidad de las becsas es esa, ayudar a personas con menos recursos. Si desestriman el recurso supongo que podras volver a presntar otro. dentro de la fase que corresponda. Leete bien las bases, pero supongo que aquellos que tengan mas ingresos y mas posibilidades no podran acceder a la beca, y por lo que veo ese no es tu caso,. yo aportaria todos los documentos que tetuviera para demostrar que aun siendo independiente estoy en paro y dependo de mi hermana. Cuenta comun y de alquiler bajo el mismo techo y tu en paro. yo lo veo claro. si tienes mas dudas mandame correo y vemos las bases concretas. sin mas datos no puedo ayudarte. Un saludo y suerte.
Equitas Abogados María dolores lopezPensión de alimentos marzo 2014.
Realizada en Valencia Provincia Divorcio Convenio regulador de divorcio Pensiones Pensión de alimentos Impuestos
El IPC de marzo 2013 a marzo 2014 es de -0,10%, por lo que la renta sería de 175,39.-€. Este sería el cálculo partiendo de que el importe de 175,57.-€ es la cantidad actualizada y correcta a marzo de 2013. Si el importe de 175,57 fuese el que se aprobó en 2008, hoy en día estaríamos ante una pensión de 192,07.-€ No obstante, para una correcta respuesta, siempre es aconsejable examinar la documentación. Esperamos haberle sido de ayuda.
Abogado Comunidad de Propietarios Valencia - Emilia I. Picazo MollFalta de respuesta por parte de hacienda.
Realizada en Barcelona Impuestos Impago Deuda Deudas con hacienda Hacienda :: agencia tributaria Bancario
Debe personarse en la Agencia Tributaria que le corresponda por su domicilio. atte. Manuel Alonso
Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso MartinezContrato mercantil ¿debo hacerme autónoma?
Realizada en Sevilla Contrato laboral Contrato indefinido Reducción de jornada Contrato mercantil Autónomos Alta como autónomo Declaración de la renta Salario
No es obligatorio que usted se de alta como autónoma al no superar sus ingresos el mínimo interprofesional aunque sí debe facturar los trabajos realizados por cuenta propia, si desea información sobre cómo realizar su declaración fiscal póngase en contacto con este despacho, la primera consulta es gratuita y sin compromiso. Saludos.
GUILLEN ABOGADOS¿cómo solucionar una equivocación en el número registral de una finca?
Para modificar los datos en el catastro puede acudir al ayuntamiento o a la oficina del catastro de Madrid. Primero pida cita y explíquelo verbalmente, acompañando la documentación de que disponga.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena JaraboTrámites por cambio de país.
Realizada en Bilbao Declaración de la renta Seguridad social Alta en la seguridad social Autónomos Alta como autónomo
Buenos dias, nuestro despacho realizaría todos los trámites iniciales, así como la gestión mensual de sus necesidades. Si lo desea puede contactar con nosotros a traves del mail. loronogonzalezabogados@gmail.com o a traves de nuestra web.: www.loronogonzalez.com. Atentamente.
LOROÑO ABOGADOSCómo liquidar el iva
Si, pero debes darte de alta de actividad en Hacienda y liquidar ese iva que has percibido junto con la retención. Saludos,
CMR AdvocatsFiscalidad salarios de tramitación por despido nulo.
Realizada en Madrid Despido improcedente Despido nulo Despido Declaración de la renta Prestación por desempleo Indemnización Indemnización por despido Salario
No estamos en el supuesto del art. 18.2 de la Ley 35/2006 del IRPF que establece una reducción del 40% en el caso de rendimientos íntegros distintos de los previstos en el art. 17.2 a) de esa Ley que tengan un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente. Tampoco entran dentro del elenco clasificado de rendimientos irregulares establecida en el art. 11 del REglamento del IRPF. Por otra parte no estamos ante rendimientos de trabajo generados en un periodo superior a dos años, toda vez que en el 2013 has cobrado los correspondientes al año 2011 y hasta septiembre de 2012, fecha en la que te reincorporó la empresa. El periodo es inferior a los dos años.No son irregulares. Pese a que se han abonado en 2013 pertenecen a los ejercicios 2011 y 2012, por lo que lo más prudente sería imputar los salarios de 2011 a la renta de 2011, realizando una declaración complementaria de dicho ejercicio e igualmente con los de 2012. Sin intereses de mora, recargos, ni sanción alguna. .Si optó en dichos ejercicios por declaración individual o conjunta, tendrá que seguir ese mismo criterio al realizar las declaraciones complementarias Pero lo que es evidente es que le resultará más favorable realizar las liquidaciones complementarias que imputar todos los salarios en el ejercicio 2013, máxime teniendo en cuenta la cantidad cobrada. Existen divergencias doctrinales y en la Jurisprudencia en cuanto a si se debe realizar una declaración complementaria o imputarlos al ejercicio en que realmente son exigibles por sentencia firme. No obstante si desea más aclaraciones o que se le realicen diversos cálculos para ver cual es la mejor solución, así como plantear una consulta a la DGT, estamos a su disposición. Marivi Hernando
HERNANDO & HERRERO