Preguntas y respuestas sobre Multas de tráfico

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Preguntas y respuestas

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Negación prueba de alcoholemia

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La mera negación a realizar la prueba de alcoholemia constituye un delito penado en el art. 383 del código penal con 6 meses a un año de cárcel y privación del permiso de 1 a 4 años. Es decir, se condena más duramente que conducir bajo los efectos del alcohol. No estar presente su representante legal o haberse bajado del coche momentos antes no justifican, en principio, dicha negativa. Algunas sentencias recientes, consideran que no es delito la negativa si no se no se apreciaban síntomas de conducción anormal o temeraria. Pero son minoritarias aún. Al tratarse de un proceso penal, lo conveniente es que vaya asistido en todo momento de su abogado y siga fielmente sus consejos. Jesús Villodre

Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Ley seg. vial art 92.4

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Faltaría conocer el dato de cuándo se dictó la sentencia firme que le condenó a la privación de conducir. No obstante, por su relato, podemos deducir que la pena impuesta, al hacerse mediante sentencia, no fue administrativa, sino penal. En este tipo de penas, no se aplican las reglas de prescripción de la LSV (previstas para sanciones administrativas) sino las del código penal. Según el código penal, la pena de privación del permiso de conducir por 20 meses se califica de menos grave y su plazo de prescripción es de 5 años (arts. 3 y 133 del CP). Espero haberle servido de ayuda. Jesús Villodre

Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Pruebas de alcoholemia

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Es difícil, por no decir imposible, recurrir esto. Otra vez, cuando esté en una situación similar, solicite una analítica en sangre en el Hospital mas cercano.

ABOGADO LLEIDA ARTERO PADROS ADVOCATS
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Cobró indemnización por un accidente en autopista,con un jabali

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Por lo que deduzco de su pregunta es que en el proceso usted ha sido asitido por un abogado, por lo que conviene que esa pregunta se la formule al abogado que ha llevado el caso, puesto que ello dependen de la pretensión de su demanda y del fallo de la sentencia, y su abogado se lo explicará rápidamente.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Agroganaderia y recursos autoctonos

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Buenos días, El recurso que Ud ha presentado se entiende desestimado por silencio administrativo puesto que han transcurrido 3 meses desde que lo interpuso y no le han contestado, ahora puede esperar a la resolución expresa (que le contesten) o acudir a la vía judicial. Si Ud tiene licencia, la ha aportado en el recurso y el error ha sido de ellos no tendría mayor problema que le anularan la multa. Estamos a su disposición para ofrecerle y ampliarle cualquier información al respecto, puede visitarnos en nuestro despacho en Oviedo o ponerse en contacto con nosotros en el correo electrónico : abogadosquiros@gmail.com Nuestra primera consulta es gratuita. Un saludo, www.abogadosquiros.com

Abogados Quirós
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Multa de renfe por viajar sin billete porque no era posible comprarlo

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Viajar sin billete conlleva una multa de 100€ que, según el caso, puede reducirse hasta un 50% por pronto pago. Dicho esto, es realidad no se trata de una sanción en sentido estricto, ya que RENFE no tiene potestad sancionadora ni el revisor goza de la condición de agente de la autoridad. La sanción se la impondrían con la apertura de un procedimiento sancionador por la Delegación de Gobierno o el Ministerio de Fomento, si no pagara la multa y tendría un importe entre 150 a 600€. ¿Qué podía haber hecho? Simplemente, haberse negado a facilitar sus datos, ya que, un revisor no tiene potestad para exigírselos y, menos, de forma grosera. Jesús Villodre

Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Tiene la administración la obligación de verificar el domicilio en el momento del apremio

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De acuerdo con la vigente Ley General Tributaria le corresponde comunicar el cambio de domicio fiscal al contribuyente, dicha obligación recae sobre el mentado contribuyente, y nunca sobre la Administración. Es más cada vez que se cambia de domicilio hay que comunicarlo a la Delegacilón de Tráfico.

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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¿Puedo recurrir una multa por exceso de velocidad?

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Hola buenos días, tendras que esperar a que te llegue la notificación de apertura del expediente sancionador, si te la han hecho por radar, te adjuntarán la imagen, si no es así solicitala, si haces alegaciones, para que sea aportada como medio de prueba. Tráfico debe estar en campaña y son muchos los casos que me lleguan similares a este. Si vas a recurrir lo has de tener muy claro puesto que una vez que recurreres no puedes pagas la multa con la reducción del 50%, y si vas a tribunales has de tener en cuenta la cuantia de la tasa. Para cualquier aclaración no dude que ponerse en contacto con nuestro despacho. Saludos

ROSABOGADOS
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Policia local me ofrece hacer la prueba de alcohol en sangre

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No, sería algo completamente legal, ya que precisamente usted ha aceptado dicha prueba que, obviamente, no se puede hacer en el mismo lugar donde le han parado al requerirse un centro médico para su realización.

ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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¿me puedo librar de esta multa?

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Haría falta conocer un dato muy importante, cual es si la denuncia en su día se le notificó a usted, es decir, si le pararon los agentes en ese momento para entregarle la denuncia, o bien si no le pararon y le llegó posteriormente a su casa. En el primer caso, en mi opinión de poco servirá el recurso, ya que se denuncia al conductor, no al vehículo. En el segundo caso, sí que podría prosperar.

ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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