Preguntas y respuestas
Derechos de los abuelos
Realizada en Málaga Patria potestad Régimen de visitas
Los derechos de los abuelos respecto de sus nietos, se regulan en el articulo 160 del Código Civil, que dispone que "no podran impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros partientes y allegados.En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores." Respecto de toma de himagenes dicho articulo no dice nada al efecto
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCOIncumplimento de sentencia pension de alimentos
Denuncie tambien por la via penal para esto no necesita abogado presentese en el juzgado para hacerlo.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola TormoSeparacion pareja (no de hecho) con hijo de año y medio
Realizada en Toledo Provincia Hipoteca Pensión de alimentos Custodia compartida
Lo primero buscar un abogado para solicitar unas medidas,la custodia es una resolucion que depende del juez,pero si es de mutuo acuerdo tambien pasa pension.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola TormoPensión alimenticia para hija
Realizada en Nerja Pensiones Pensión de alimentos Pena Demanda Impago de pension
Para la via penal no necesita abogado acuda directamente a denunciarlo al juzgado el fiscal vigilara por sus intereses
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola TormoSeparación matrimonial
Realizada en Madrid Custodia compartida Convenio regulador de separación Demanda de separación Separación
Lo habitual suele resultar que el uso y disfrute de la vivienda se la quede una de las partes por ser la que más necesidad demuestre. Sin embargo, al ser de mutuo acuerdo y siempre que sea razonable no tiene que existir problema alguno siempre que la fiscalía no se oponga. En todo caso han de presentar demanda de separación adjuntando convenio regulador a tal efecto, cuestión para la que requieren abogado y procurador. Reciba un cordial saludo, Ane Miren Magro ERCILLA ABOGADOS
ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOSDivorcio dudas necesito asesoramiento
Habría que ver el caso en concreto. En principio si hay posibilidad de acuerdo habría que bucear en la misma e ir al banco para que la hipoteca pasase a estar a nombre de uno solo de los cónyuges. En caso de que no hubiese acuerdo o el banco no aceptase la subrogación deberemos buscar otra solución al respecto. Gracias. Fco. Javier Sarabia. Abogado.
SARABIA ABOGADOSMi ex pareja va con una mujer que maltrataba a su hija y se la quitaron.
Realizada en Valencia Provincia Patria potestad Régimen de visitas Antecedentes Denuncia Custodia compartida
¿Palizas a quién?, ¿tiene datos de la denuncia o de la condena?. Si no es así, olvidelo y esté pendiente.
Jubilado¿Cómo averiguar si mi ex mujer ha contraído nuevo matrimonio?
Realizada en Motril Divorcio Pensión de alimentos Convenio regulador de divorcio
Supongo que la pensión de alimentos será a favor de su hija y no de su esposa, si es así, es indiferente que su ex esposa haya contraído o no matrimonio, ya que la obligación de alimentos es únicamente de los padres.
MONTIEL Y ASOCIADOSGastos extraordinarios
Buenas tardes. Aunque se trate de una cuestión muy debatida dada la amplia casuística, la mayoría de las sentencias apuntan a que NO son gastos extraordinarios, ya que tienen una periodicidad prefijada (comienzo de curso escolar cada año) y no son gastos imprevisibles (es previsible que el hijo necesitará nuevos libros y uniforme). Así lo han señalado varias Audiencias Provinciales: AP Barcelona de 15 de febrero de 2011 (EDJ 2011/89130), de AP Sevilla de 17 de septiembre de 2010 (EDJ 2010/324740), de AP Madrid de 16 de septiembre de 2011 (EDJ 2011/227595) y un largo etcétera. Un cordial saludo.
Abogado Las Palmas - Adrián Mayor ValerónAdjudicación vivienda
Como dice el compañero, hay que conocer el contenido exacto del convenio regulador, pero si como parece su hijo no está residiendo en la que resultaba sus vivienda habitual y existen pruebas que pueden corroborarlo, cabría argumentar, siempre que dicha situación no sea transitoria, es decir, que pueda calificarse de permanente, que lo que procedería sería la revocación del uso y disfrute de la vivienda para iniciar un procedimiento de división de cosa común, en caso de falta de acuerdo para la venta del bien, que es lo que su marido defiende. Reciba un cordial saludo, Ane Miren Magro ERCILLA ABOGADOS
ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS