Preguntas y respuestas sobre Divorcios

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Preguntas y respuestas

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Modificación pensión alimentos

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Estimado Sr: Para la extinción o modificación de la pensión alimenticia debe presentar demanda judicial. En su caso, es posible intentarlo si bien, con carácter subsidiario a la petición inicial (por si esta se denegara por ser un trabajo temporal), al menos podría solicitar la suspensión del pago de la pensión mientras su hijo tenga ese trabajo. Quedo a su disposición para cualquier otra consulta: info@abogadosfolgueira.es

ABOGADO DIVORCIO MADRID FOLGUEIRA ABOGADOS
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USO DE LA VIVIENDA CONYUGAL

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En principio, entiendo que no es motivo suficiente para la extinción del uso de la vivienda, ya que entiendo que ella tiene atribuído el uso por razón de que es ella quien tiene la custodia de los mismos, motivo que ocasiona el uso y disfrute de la vivienda. Para cualquier duda contáctenos en el 944232400 o en el 619236927 en la persona de Ane Miren Magro.

ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS
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Divorcio extranjera

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La respuesta si, el juzgado competente donde tiene fijado su domicilio.

Dr. Nour Hanzal
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Guarda y custodia

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Lo que debe hacer es acudir al Juzgado para que se modifique la situación de custodia de los menores y se la atribuyan a usted, pues es usted quien ostenta la patria potestad.Quedo a su disposición.

Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
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cambio de medidas por pensión de alimentos

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Buenas noches, Verá usted el derecho de familia, como la misma familia, está sometido a los cambios de cricusntancias. Es decir, como ahora usted no percibe tantos medios económicos, y puede demostrar ese hecho, puedo usted pedir una modificación de las medidas por pensión de alimentos. Tiene necesidad de abogado y procurador para esta modificación. No tengo idea exacta de los honorarios del procurador, pero siempre están vinculados con la modificación de las cantidades. Los honorarios de abogado pueden variarle ( según la oposición o no de la otra parte) , entre los 700 euros y los 1.200 euros, al margen de los recursos que puedan interponerse. Espero que le haya servido de orientación. Un saludo valeria balfagón costa

Abogado Civil / Mercantil Barcelona - Valeria Balfagón Costa
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Gasto extraordinario

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Estimada Sra. lamento decirle que los gastos extraordinarios son solamente aquellos que no se puede prever. Es decir, que no se puedan encuadrar en la vida ordinaria. Por ejemplo, si la niña se cae y es necesario hacerle una radiografía, o si se hace un viaje de fin de curso... Los gastos derivados de la vida cotidiana tales como ropa, uniformes, sábanas, mantas, cama, etc, no son extraordinarios. Ni siquiera el material escolar que se compra a principio de curso es extraordinario, porque Ud. ya sabe que se va a tener que pagar cada año, por lo que es previsible. Saludos

Galeote Abogados
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Enseres personales

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Entiendo que usted tiene derecho al uso de la casa y a sus enseres. Quedo a su disposición para cualquier consulta ulterior

Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
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Manutención sin pagar

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Puedes presentar una demanda de ejecucion civil y le podran embargar lo que tenga a su nombre. Somos especialitas en derecho de familia. Puedes contactar con nosotros para mejor evaluacion de su caso y un consejo mas detallado

BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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venta de una casa

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En este caso hay dos opciones, la primera es que usted renuncie a su derecho de uso y disfrute de la vivienda y llegue a un acuerdo con su ex marido, si él está interesado en comprar su parte de la casa, en el precio y forma de pago. Retirando el título de propiedad eliminando así su obligación financiera. Esto se puede hacer ante Notario. La segunda opción es la liquidación del regimen de gananciales, a través de un mutuo acuerdo fijando el precio de la venta o ante los Tribunales, en caso de no haber acuerdo, en cuyo caso se subastará. El coste en caso de liquidación de gananciales oscila entre los 1500 y 1800, depende de los bienes a liquidar.

Abogado en Guadarrama Cristina Martín Sanz
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