Respondida
De momento trabaje, y cuando sepa que se va a acabar el contrato interponga una demanda declarativa de derecho por la que se reconozca la fraudulencia del contrato. Por lo que adquirirá la condició...
Respondida
En el momento que se quede embarazada comuníquelo por escrito y duplicado, guardándose una copia conforme la empresa lo ha recibido y se lo ha firmado o sellado.
Respondida
Si, por supuesto. Es un procedimiento judicial que se da todos los días. No obstante seria preciso conocer cual ha sido el incumplimiento para poder darle mas datos.
Respondida
Necesitaríamos saber cual es su cuadro clínico actual antes de poder darle una respuesta. Quedamos a su completa disposición para revisar su expediente medico si nos lo facilita vía email.
Respondida
Para nada, eso es una obligación del empleador y no del trabajador. Suficiente a hecho ya el taller teniéndolo sin cotizar durante 6 años.
Respondida
Si extinguió el segundo contrato Ud. deberá volver a trabajar durante un periodo de 90 días a efectos de que se concedan nuevamente la prestación.
Respondida
Presentar una determinación de contingencia ante el Instituto nacional de la seguridad Social, a efectos de que califiquen dichas incapacidades temporales como profesionales.
Respondida
Para nada, atendiendo a que durante la situación de IT, la relación laboral está suspendida. La salvedad es que si que se generan, pero en modo alguno se pueden disfrutar.
Respondida
Deberá revisarlo en el convenio colectivo de la siderometalúrgica de su provincia.
Respondida
Necesitaría saber en que país o países ha estado trabajando fuera de España.