Respondida
Para poder contestarle con propiedad sería necesario revisar su contrato, nominas y su convenio colectivo.
Quedamos a su completa disposición para estudiar su caso.
Respondida
Lo que le recomendamos es que de parte a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a efectos de que levanten acta de lo que está sucediendo, para ser impugnado posteriormente.
Respondida
En primer lugar debe enviar burofax a la dirección donde prestaba sus servicios o domicilio fiscal de la empresa, haciendo constar lo sucedido, así como que le han dado de alta la cual debe acompañ...
Respondida
Buenos días, si la sanción que le han impuesto es desproporcionada o en el convenio colectivo que les es de aplicación no consta como muy grave, le recomendamos firmemente que la impugne, ya que pi...
Respondida
Comparto íntegramente las indicaciones que le ha dado GADE Abogados. Le recomendamos que se ponga en sus manos.
Respondida
La indemnización por despido objetivo es de 20 días por año trabajado. En cuanto a los salarios de tramitación, no tendría derecho a no ser que se impugnase el despido y por sentencia se declarase ...
Respondida
Lo primero que debería saber para darle una respuesta adecuada es:
¿ firmó contrato en junio, julio o agosto?
¿Le han abonado el tiempo trabajado mediante trasferencia, cheque o talón?
En cualq...
Respondida
Lo primero que debe revisarse es la carta de preaviso que les entreguen y la causa que alegue la empresa, ya que dependiendo del redactado de la misma podría operar como despido improcedente. Si es...
Respondida
Seria conveniente revisar su contrato a efectos de valorar por una parte si la extinción de su contrato es un despido improcedente, así como lo que indica de la modificación sustancial que hicieron...
Respondida
Lamento comunicarle que en el momento que sea tributaria de una pensión o prestación, hasta que no haga efectivo el importe que se adeuda no se los harán efectivos.